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Una sentencia reconoce el derecho a cobrar desde el primer día las funciones de superior categoría

El Juzgado de lo Social da la razón a la UGT en una demanda presentada contra la Autoridad Portuaria.

UGT Sede (Custom)
photo_camera Fachada de la sede del sindicato UGT/ C.A.

El Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta ha dictado una sentencia por la que reconoce el derecho que asiste al trabajador que desempeña funciones de superior categoría a percibir las retribuciones correspondientes al puesto desde el primer día en el que comienza a ejercer sus nuevas funciones.

La resolución avala así los argumentos de la demanda presentada por el sindicato UGT en defensa de los intereses de una técnica de la Autoridad Portuaria que durante algo más de dos meses ejerció las funciones de jefe de grupo de recursos humanos.

“No abonar la asunción de responsabilidades de superior categoría cuando no superan el mes, es un claro enriquecimiento injusto del que se está beneficiando la administración portuaria”, argumenta el sindicato UGT.

Desde el 19 de junio de 2012, las distintas resoluciones emitidas en reuniones ordinarias de Comisión Paritaria del II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias han venido estableciendo que para percibir la asignación económica por trabajos de superior categoría resultaba indispensable que el desarrollo de las funciones propias de la ocupación clasificada como superior se realizaran como mínimo en el periodo de un mes ininterrumpido.