CLAUDIA ASSENS, ABOGADA DE CEAR EN EL CETI

"Nadie hace por gusto la ruta de la inmigración y menos la subsahariana"

Esta joven letrada trabaja para la Comisión Española de Ayuda al Refugiado en el CETI. Allí conoce historias que ponen los pelos de punta y demuestran lo poco que vale la vida en muchos países. Estos migrantes llegan con sueños e ilusiones que en muchos casos se ven truncados por una "doble ley" o una nacionalidad.

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photo_camera El año pasado se produjo un salto masivo de más de 400 migrantes subsaharianos (C.A.)

Claudia Assens es la abogada de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) en Ceuta. Ella como letrada asiste en el CETI a los solicitantes de asilo en el proceso administrativo, es decir, desde que lo solicitan hasta la presentación de documentación y en caso de denegación, recurre ante los tribunales competentes. Esta es su función “oficial” pero la oficiosa va más allá. Assens desempeña su labor en el CETI por lo que su contacto con la inmigración es directo y diario. Como letrada ofrece información a los residentes del centro sobre su situación jurídica, procedimiento de expulsión y demás información de interés para quienes acaban de llegar de un largo y duro viaje.

Asegura que “llegan con mucho desconocimiento. Muchos huyen de sus países esperando encontrarse lo que ven la televisión: grandes casas, grandes coches, un buen nivel de vida, un Estado de Derecho, protección de la policía, calidad de vida… y se encuentran con otra realidad”. Una realidad muy distinta de la imaginada pero también muy distinta de la que dejaron atrás. “A nosotros que hemos nacido bajo un techo, con una buena familia, amigos, seguridad, educación, sanidad… nos es imposible ponernos en el lugar de estas personas”, matiza esta joven abogada que recuerda que en zonas rurales de África cuando muere el padre de una familia, los hermanos de este despojan a los hijos y la viuda de todo cuanto tienen, “incluso llegando a asesinarles para hacerse con todo”. La lista de violaciones de los derechos humanos en el África subsahariano es interminable. En Gambia por ser homosexual te condenan a cadena perpetua. En otros países si eres mujer, con 14 años te casan con un hombre de 60 contra tu voluntad.

En el caso de los asiáticos, sus motivaciones son, sobre todo, económicas. “Sus familias se están muriendo de hambre en La India, en Bangladesh o Sri Lanka, países que tienen un nivel de corrupción tan elevado que hasta cuesta encontrar trabajo”, explica. Assens sabe que detrás de cada residente del CETI hay una historia dramática. “Nadie hace por gusto la ruta de la inmigración, y menos la subsahariana que son entre uno y cuatro años. En este tiempo van cubriendo tramos, trabajando en lo que pueden y ahorrando para emprender una nueva etapa. Es un viaje plagado de tratantes, asaltantes… Lo que no sabemos es los que no llegan”, lamenta.

 

Pocos solicitantes de asilo

Esta abogada se encarga de tramitar las solicitudes de asilo de los residentes del CETI pero “no son cifras representativas”. De los potenciales solicitantes “solo un pequeño porcentaje lo pide. Casi todos se esperan a llegar a la península”. El motivo no es otro que el retraso que supone el traslado cuando se solicita esta protección. De nuevo, la interpretación de los acuerdos internacionales mantiene a los migrantes en un limbo desesperante.

_20171027_103406Assens explica que hay una gran diferencia entre pedir protección en Ceuta y hacerlo en Barcelona, por ejemplo. “Cuando lo haces en la península, te dan una tarjeta roja que te permite el libre movimiento por todo el país mientras que si lo pides aquí, te dan la misma tarjeta pero con la leyenda `solo válido en Ceuta´. Por lo que ese libre movimiento queda limitado a esta ciudad”, matiza. Los migrantes lo saben. Son conscientes de que en caso de tener esa tarjeta roja no podrán salir de la ciudad hasta que no se resuelva su caso, algo que puede llegar a demorarse meses, por lo que no piden asilo.

En este punto, el Ministerio del Interior argumenta que Ceuta y Melilla están excepcionadas en el Acuerdo Schengen en cuanto a control de documentación “aunque cumplen los requisitos porque están regularizados en España y tienen derecho a circulación por el territorio nacional. Pero es que además el propio Tratado Schengen excepciona de estos requisitos a los solicitantes de asilo”. Tal es la situación que “nos consta que hay quien habiendo pedido asilo ha renunciado para volver a pedirlo una vez en la península y también que dos solicitantes fueron devueltos a Ceuta a pesar de mostrar su documentación cuando llegaron de forma clandestina a Algeciras”.

Assens recuerda que desde 2010, fecha en la que entró en vigor la nueva Ley de Protección Internacional, hay 15 sentencias de Tribunales Superiores de Justicia de Madrid y Andalucía que los solicitantes de asilo, “mientras no se resuelva su solicitud”, tienen derecho a moverse desde Ceuta y Melilla. Textualmente dicen “que podrán ser sometidos a controles de identidad y de documentos a los efectos de la citada normativa comunitaria pero en ningún caso se les podrá por dicha causa impedir su derecho de libre circulación”. El TSJ de Andalucía en 2010 especifica que “el que la policía pueda controlar no significa que pueda impedir el goce del derecho”.

 

España condenada por el TEDH por las devoluciones en caliente

En relación a las polémicas devoluciones en caliente a pie de valla, desde CEAR lo tienen claro: es un procedimiento sin garantías. La letrada recuerda que hay un principio del derecho internacional de “no devolución” y más sin identificar al migrante, si es potencial solicitante de asilo, si necesita protección por razones humanitarias, si es menor o víctima de trato. “Claramente se está contraviniendo ese derecho aplicable en todos los rincones del mundo”, asegura.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a España por la devolución en caliente a Marruecos de dos personas en la valla de Melilla sin ser identificadas, lo que “supone una expulsión de carácter colectivo”, contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos. El fallo unánime concluye que España también vulneró el derecho a un recurso efectivo. Los hechos se produjeron el 13 de agosto de 2014 cuando N.D. de Mali y N.T. de Costa de Marfil fueron esposados y entregados a las autoridades marroquíes “contra su voluntad” y “sin ninguna medida administrativa o judicial previa”. La sentencia impone una indemnización de 5.000 euros a cada uno de los demandantes, por daños morales.