Seguridad en el transporte urbano

Taxis más seguros en Ceuta: aval legal para instalar videovigilancia

​Luz verde a las cámaras de videovigilancia en los taxis de Ceuta

El Gobierno local aprueba el protocolo para instalar cámaras en los auto-taxis. Las grabaciones serán de uso exclusivo para reforzar la seguridad y deberán eliminarse en un máximo de 30 días

La Ciudad Autónoma regula por primera vez la instalación de sistemas de videovigilancia en los taxis. Los titulares de licencia podrán solicitar autorización para colocar cámaras con fines exclusivamente de seguridad.

La Ciudad Autónoma de Ceuta ha aprobado las instrucciones que permitirán a los titulares de licencias de auto-taxi instalar sistemas de videovigilancia en sus vehículos, siempre que se ajusten a una serie de requisitos legales y administrativos. Así lo establece una resolución del consejero de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos, Alejandro Ramírez Hurtado, publicada en el BOCCE del 11 de julio.

Esta medida responde a lo recogido en la Ordenanza Reguladora del Servicio de Transporte Urbano de Viajeros, aprobada por el Pleno de la Asamblea el pasado 30 de octubre, que en su artículo 27.2 contempla la posibilidad de instalar cámaras “a solicitud del titular de la licencia y previa autorización”.

Requisitos para la instalación

Los taxistas que quieran incorporar sistemas de videovigilancia deberán presentar una solicitud acompañada de una declaración responsable en la que garanticen que el sistema cumple la normativa vigente. Deberán justificar, además, que su instalación es imprescindible para garantizar la seguridad, por encima de otras medidas como mamparas o botones del pánico.

El tratamiento de las imágenes solo podrá destinarse a fines de seguridad, y las grabaciones deberán eliminarse en un plazo máximo de un mes, salvo si se usan como prueba de algún incidente. En ese caso, deberán entregarse a la autoridad competente en un plazo no superior a 72 horas desde que se tenga conocimiento del hecho.

Condiciones técnicas y obligaciones

Las cámaras deberán instalarse en la parte superior central del parabrisas delantero, sin obstaculizar la visión del conductor ni interferir en el taxímetro o el módulo tarifario. Además, será obligatorio colocar un cartel informativo visible que advierta a los pasajeros de la grabación, identifique al responsable del tratamiento de los datos e informe sobre los derechos de acceso, supresión y limitación del tratamiento.

Los titulares de las licencias tendrán que remitir, en un plazo de diez días tras la concesión de la autorización, documentación acreditativa de la instalación del sistema y del cartel informativo. También deberán comunicar cualquier sanción firme relacionada con el uso del sistema y pedir la revocación de la autorización si retiran las cámaras.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones, se les concederá un plazo de diez días para corregir la situación. Si no lo hacen, la autorización será revocada y se les exigirá desmontar el sistema.

Autorización y recursos

La autorización será otorgada por decreto del titular del área competente de la Ciudad. Contra la resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurrir directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses.