Crisis del coronavirus

El BOE anuncia las nuevas normas a partir de la fase 2

Reanudación de la competición de las Ligas Profesionales o celebración de bodas con un aforo máximo de cien personas al aire libre. 

ceuta-futbol
photo_camera Los partidos podrán celebrarse sin público y a puerta cerrada (ARCHIVO)

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado la nueva Orden de Sanidad sobre flexibilización de las restricciones en el ámbito del Deporte durante el estado de alarma, en la fase 2, y en ella se anuncia que “se podrá proceder a la reanudación de la competición profesional siempre y cuando la evolución de la situación sanitaria lo permita”, y que cuando así sea se hará “sin público y a puerta cerrada” y “se permitirá la entrada de medios de comunicación para la retransmisión” de la misma.

Al referirse a la “reanudación de la competición de las Ligas Profesionales”, el BOE indica que “se podrá proceder a la reanudación de la competición profesional siempre y cuando la evolución de la situación sanitaria lo permita”, “se reanudará sin público y a puerta cerrada” y “se permitirá la entrada de medios de comunicación para la retransmisión” de la misma.

“El número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición profesional tenga lugar, por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma, se determinará por parte del Consejo Superior de Deportes con anterioridad al inicio de la citada competición, siguiendo las recomendaciones sanitarias de higiene y prevención”, agrega.

El entrenamiento

En cuanto al “entrenamiento total o precompetición en ligas profesionales”, informa de que “los clubes deportivos profesionales o Sociedades Anónimas Deportivas podrán desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a una modalidad deportiva específica, cumpliendo con las correspondientes medidas de prevención e higiene”.

“A los efectos de lo previsto en esta orden, se entenderá por entrenamiento de carácter total el desarrollo de tareas dirigidas a la fase previa de la competición, incluyendo los trabajos tácticos exhaustivos, que incluyan acciones conjuntas en grupos de varios deportistas hasta un máximo de catorce persona”, incide.

El BOE informa también de que “se podrá proceder a la apertura de las instalaciones deportivas cubiertas para la realización de actividades deportivas con las limitaciones que recoge este artículo. Podrá acceder a las mismas cualquier persona que desee realizar una práctica deportiva, incluidos los deportistas de alto nivel, de alto rendimiento, profesionales, federados, árbitros o jueces y personal técnico federativo”.

Celebración de bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre

Además, el Gobierno permitirá en los territorios que estén en la fase 2 celebrar bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta personas en espacios cerrados y se podrán llevar a cabo en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas.

Así, según la orden publicada, se obliga durante la ceremonia nupcial a cumplir las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias.

Respecto a las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia nupcial y que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se deberá seguir las normas de seguridad relativas a estos establecimientos.

Por otra parte, la orden en el BOE recuerda que lo previsto en este artículo sobre ceremonias nupciales será de aplicación a otras celebraciones religiosas de carácter social.

Entrando en la página solicitada Saltar publicidad