Los cruceros podrán entrar a puerto si no llevan pasaje y bajo estrictas condiciones

Las autorizaciones se estudiarán caso por caso, según han acordado Sanidad Exterior, Puertos del Estado y la Dirección General de la Marina Mercante.

El crucero "Pacific Princess", atracado en el puerto de Ceuta (C.A./ARCHIVO)
photo_camera El crucero "Pacific Princess", atracado en el puerto de Ceuta (C.A./ARCHIVO)

Sanidad Exterior, Puertos del Estado y la Dirección General de Marina Mercante autorizarán el atraque de cruceros bajo determinadas condiciones, con lo que se crea una excepción a la prohibición que vetaba la entrada de este tipo de buques en los puertos españoles durante la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus.

Las solicitudes que se presenten se estudiarán siempre que el crucero no lleve  pasaje a bordo, disponga de una tripulación no superior a 40 personas y se cuente con capacidad suficiente para la atención sanitaria del personal a bordo por los servicios sanitarios de la ciudad del puerto.

La valoración de cada caso se hará para un puerto o puertos concretos y será anterior, determinante e independiente a la solicitud que se deberá presentar ante la Autoridad Portuaria correspondiente, para el estudio del resto de condicionantes aplicables a cualquier escala de un buque en puerto español.

El tratamiento de dicha valoración será centralizado, por lo que el interesado, enviará a la dirección de correo electrónico [email protected], una solicitud en la que indicará el puerto o puertos concretos en los que desea autorización y aportará la naviera, el consignatario que se designaría, la identificación del buque (nombre, bandera y número OMI), GT´s, eslora, manga, calado, certificado MSM (Minimum Safe Manning), así como el número de personas que vendrán y permanecerán necesariamente a bordo.

La solicitud podrá formularla el armador, el consignatario que lo represente o la asociación de la que forme parte. Recibida esta según el cauce indicado, Puertos del Estado consultará con las distintas autoridades portuarias en las que se ha solicitado la valoración de atraque de cara a que estas indiquen su disponibilidad en función de las características del buque, tiempos de permanencia, etc.

Con las respuestas que resulten favorables de las Autoridades Portuarias se dará traslado a la Dirección General de la Marina Mercante y Sanidad Exterior, que valorarán la propuesta realizada desde el ámbito competencial de cada Administración. Finalmente, se emitirá la conformidad o no de la solicitud planteada.

En los casos de conformidad, se indicará el puerto o puertos que resulten adecuados y se dará traslado de la misma tanto al interesado como a las autoridades portuarias, capitanías marítimas y dependencias de Sanidad Exterior correspondientes, a los efectos de inicio del trámite de escala por el interesado.

En cualquier caso, las tripulaciones de los buques que permanezcan atracados tendrán las limitaciones de movilidad impuestas por el estado de alarma.