El Gobierno ya autoriza la visita de los propietarios a sus embarcaciones en el Puerto Deportivo

El Gobierno regula una “desescalada” razonable del sector náutico tras la reacción unánime de las asociaciones

El delegado en Ceuta de Anpper y Anavre, Gerardo Valero, satisfecho por la “unidad" de las asociaciones que han alzado su voz para que el Gobierno rectificase.
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photo_camera Gerardo Valero, delegado en Ceuta de ANPPER y ANAVRE (C.A.)

El Gobierno de España ha regulado por fin la navegación para el regreso progresivo a la actividad náutica y ha explicado, a través del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, cómo será la “desescalada” en este sector. Ya permite las visitas de los propietarios a las embarcaciones de recreo en los puertos deportivos.

La regulación es el resultado de los diferentes escritos remitidos al director general de la Marina Mercante por las asociaciones náuticas recreativas, tanto profesionales como particulares, donde presentaban una serie de propuestas para la realización de visitas de control de seguridad básica a embarcaciones de recreo por parte de sus armadores o personas autorizadas, así como el restablecimiento progresivo de la navegación durante la vigencia del estado de alarma.2e7163b6-fb16-44e4-8415-efbf9c07956a

Estas asociaciones son ANAVRE (Asociación de Navegantes de Recreo) y ANPPER (Asociación de Patrones Profesionales de Embarcaciones de Recreo), cuyo representante en Ceuta es Gerardo Valero, así como otras entre las que se encuentran ACNB (Asociación Clubs Náuticos de Baleares), ANADE (Asociación de Instalación Náutico Deportivas), PDBA (Puerto Deportivo de Baleares), FAIB (Federación de Usuarios de Instalaciones Portuarias de las IB), ADN (Asociación de Navegantes Mediterráneo) y ANEN (Asociación Nacional de Empresas Náuticas).

Gerardo Valero, miembro de la junta directiva y delegado en Ceuta de Anpper y Anavre ha mostrado su satisfacción “por la unificación de la mayoría de la asociaciones a nivel nacional, alzando una misma voz y haciendo reaccionar al Ministerio de Transportes”.

Fue este Ministerio quien había comunicado a Marina Mercante, a mediados de abril, que los propietarios de las embarcaciones amarradas a los puertos deportivos no podían acudir aún a realizar su mantenimiento, instando a que realizaran esa tarea a las empresas y tripulaciones encargadas de la vigilancia de las embarcaciones de recreo.

Ahora, el Ministerio rectifica por la presión ejercida por las diferentes asociaciones y ha establecido el siguiente plan de “desescalada”.

Desescalada en el sector Náutico

En la Fase 0, no se podrá navegar por ocio, salvo que sea deportivamente y de forma individual (deporte no profesional y federado) como una actividad física. Esto supondrá que se pueda navegar en determinadas embarcaciones de vela como práctica de deporte dentro del mismo municipio donde se resida. También se autoriza las visitas a las embarcaciones por parte de sus propietarios para las comprobaciones de seguridad y mantenimiento, siempre que estas se encuentren en el mismo término municipal de la residencia del propietario.

En la Fase I, La navegación de recreo podrá desarrollarse atendiendo a su consideración como turismo activo, deberán respetarse las limitaciones de tipo personal y adoptar medidas de desinfección, teniendo limitaciones geográficas.

En la Fase II, La navegación de recreo se podrá realizar con grupos de personas más amplios. Los propietarios de las embarcaciones amarradas en un término municipal distinto, pero en la misma provincia, ya podrán efectuar visitas para la comprobación de seguridad y mantenimiento. Aún habrá limitaciones en la navegación entre provincias o islas.

En la Fase III, ya se autorizan las actividades náuticas de recreo, sin limitaciones.792d3d5f-8a0a-44f1-a146-96d867dca1dc

Por navegación de recreo o deportiva, se entiende aquella cuyo objeto exclusivo sea el recreo, la práctica del deporte sin propósito lucrativo o la pesca no profesional, por su propietario o por otras personas que puedan utilizarla, mediante arrendamiento, contrato de pasaje, cesión o por cualquier otro título, siempre que en estos casos el buque o embarcación no sea utilizado por más de doce personas, sin contar con su tripulación.