Las bases de las subvenciones para la modernización de la flota, aprobadas

Las subvenciones reguladas por la presente resolución, de modernización de la flota de vehículos de Autotaxis, se tramitarán por el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones, que se iniciará siempre de oficio, tramitándose en régimen de concurrencia competitiva.

Taxis en la parada de la Plaza de los Reyes (C.A.)
photo_camera Las subvenciones a conceder, en el marco de esta actuación, estarán sujetas al régimen de mínimis

La Presidencia del Consejo de Administración de la Sociedad de Desarrollo de Ceuta, PROCESA, pretende aprobar, el marco regulador que establece las condiciones que han de regir la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, la modernización de la flota de Autotaxis, para el presente ejercicio. Así ha quedado reflejado en el Boletín Oficial de la Ciudad.

Las subvenciones a conceder, en el marco de esta actuación, estarán sujetas al régimen de mínimis (todas aquellas ayudas o subvenciones que por ser de baja cuantía no necesitan comunicar su concesión a la Comisión Europea) como establece el Reglamento EU. En virtud del cual la ayuda total de mínimis, concedida a una única empresa determinada no podrá ser superior a 200.000 euros, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

Atendiendo a la consideración de PROCESA como medio propio y servicio técnico de la Ciudad Autónoma de Ceuta, dependiente funcionalmente de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo, al darse cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público; las subvenciones reguladas por la presente resolución se tramitarán por el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones, que se iniciará siempre de oficio, tramitándose en régimen de concurrencia competitiva.

Se agota, con la publicación en el BOCCE, la vía administrativa, pudiéndose interponer recurso potestativo de reposición (en el plazo de un mes) o recurso contencioso administrativo (en el plazo de dos meses) a contar desde la recepción de la presente notificación, o cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de su derecho.

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