Ayudas a comercios afectados por las obras

Procesa elimina el requisito del alquiler en las subvenciones para los negocios de Hadú

Obras Hadú / (C.A)

La Ciudad corrige las bases tras las quejas del sector y retira la obligación de demostrar que no existen deudas de arrendamiento, un requisito que los informes técnicos consideraban improcedente

Las obras de la avenida Teniente Coronel Gautier llevan meses alterando el día a día de los comercios de Hadú, y lo que todavía queda Y, en paralelo, también han ido ajustándose las reglas del juego para acceder a las ayudas públicas destinadas a compensar esas pérdidas. La última modificación acaba de publicarse en el BOCCE y trae un cambio relevante: Procesa elimina la obligación de demostrar que el negocio no tiene deudas de alquiler.

La decisión llega tras las quejas del propio sector, que veía en ese requisito un filtro que poco tenía que ver con el motivo de la subvención. Los comerciantes trasladaron su malestar a la Administración y Procesa abrió el expediente para revisar la norma.

Un requisito que no encajaba

El informe técnico que sustenta la modificación, fechado el 15 de enero, es claro: las deudas de alquiler pertenecen al ámbito privado y se rigen por el Código Civil y la Ley de Arrendamientos Urbanos. Es decir, no son materia que la Administración deba fiscalizar cuando concede una ayuda pública.

Además, condicionar la subvención a estar al día con el arrendador suponía, según el instructor del expediente, mezclar planos que no corresponden: no es lo mismo una deuda tributaria —que sí puede impedir el acceso a una ayuda— que un conflicto privado entre arrendador y arrendatario. Mantener ese requisito, añade el informe, podría dejar fuera a negocios que cumplen con todo lo exigido por la Ley General de Subvenciones.

Igualdad y sentido común

Otro punto que ha pesado en la decisión es la desigualdad que generaba la norma: afectaba solo a quienes trabajan en locales alquilados, mientras que los propietarios de sus propios establecimientos no tenían que acreditar nada parecido. Un trato desigual difícil de justificar.

El informe jurídico que acompaña la resolución avala la modificación y recuerda que la Administración puede corregir sus propias bases cuando detecta problemas de legalidad o de oportunidad. En este caso, ambas razones concurrían.

Lo que cambia y lo que no

El decreto, firmado por la consejera Kissy Chandiramani como presidenta del Consejo de Administración de Procesa, elimina expresamente la obligación de acreditar la inexistencia de deudas de arrendamiento. El resto de las bases reguladoras permanece intacto. La modificación entra en vigor este sábado, un día después de su publicación en el BOCCE.