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Expulsiones por actitudes violentas, incomparecencias y equipos sin completar marcan las sanciones

El Comité de de Disciplina Deportiva de la Federación de Fútbol  ha impuesto las sanciones que han marcado la pasada jornada.

Reunido el Comité de Competición y disciplina deportiva, una vez vistas las actas y demás documentos referentes a los partidos de las jornadas del 21 al 24 de mayo, se acuerda suspender por un partido oficial por producirse de forma violenta al contrario según el art´123 al jugador del CD Dinamo Ceutí, Yassin Mohamed Ahmed.
En el apartado de incomparecencias destacar el CB Ramón y Cajal ante el CD Polillas Ceuta en la categoría prebenjamín y viendo la incomparecencia sin causa alguna justificada del Club  Ramón y Cajal se acuerda sancionarlo con la pérdida del partido y por el tanteo de seis goles acero, descuento de tres puntos de su clasificación general y multa de 90 euros, advirtiéndose que de producirse una segunda falta de la misma tipificación, causará baja de la competición, según el art. 77.1.b
En otro partido, esta vez el San Agustín CF y el CD Puerto On 365 en la categoría juveniles de fútbol-sala, y vista la incomparecencia del club San Agustín al partido, se acuerda sancionarlo con la pérdida del partido al San Agustín por  el tanteo de seis goles a cero, descuento de tres puntos de su clasificación y multa de 90 euros, advirtiéndose que de producirse una segunda  falta, causará baja en la competición.
Y por último, el partido de Regional Preferente, entre el Hilal Deportivo Ceuta y la AD Ceuta FC y se vio la presentación de tan sólo seis jugadores por parte del Club Hilal Deportivo al partido de referencia, se acordó sancionar al Club Hilal Deportivo Ceuta por el tanteo de tres goles a cero, descuento de tres puntos de su clasificación general y multa de 90 euros, advirtiéndose que de producirse una segunda falta de la misma tipificación, causará baja de la competición.
Contra estos acuerdos, podrán interponer recurso ante el Comité de Apelación de esta federación en el plazo de diez días hábiles.

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