La Audiencia Nacional da cinco días a Interior para que remita el expediente de la devolución de menores

Este plazo empieza a correr desde el momento en el que se notifica, que en este caso, ha sido este jueves.

Un policía, junto a un grupo de menores marroquíes en el polígono de El Tarajal
photo_camera Un policía, junto a un grupo de menores marroquíes en el polígono de El Tarajal (CEDIDA)

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha requerido "con carácter urgente" al Ministerio del Interior para que en el plazo de cinco días remita "el expediente acompañado de los informes y datos que estime procedentes" relativos a la repatriación a Marruecos de menores no acompañados. Este plazo empieza a correr desde el momento en el que se notifica, que en este caso, según fuentes consultadas, ha sido este jueves.

En una diligencia de ordenación fechada el 16 de agosto, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala indica que al remitir ese expediente el órgano administrativo --Interior-- debe comunicárselo a todos los que aparezcan como interesados en el mismo, "acompañando copia del escrito de interposición y emplazándoles para que puedan comparecer como demandados ante esta Sección en el plazo de cinco días".

Recuerda que, una vez enviado el expediente, tanto el departamento de Fernando Grande-Marlaska "como el resto de los demandados" podrán solicitar la inadmisión del recurso presentado por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado y la celebración de la comparecencia.

El tribunal ha solicitado la documentación a Interior en el marco de una pieza separada que ha acordado abrir "sobre la solicitud de la adopción de medidas cautelares" reclamadas por la asociación que interpuso el recurso, que pedía la "suspensión" de ejecución de la instrucción de Interior y de la Delegación del Gobierno en Ceuta "sobre los retornos y deportaciones de menores no acompañados".

Al margen, este miércoles se conocía que la Sala rechazaba adoptar la medida cautelarísima --sin escuchar a las partes-- de suspender la repatriación a Marruecos de esos menores no acompañados que se encuentran en la Ciudad Autónoma de Ceuta porque, en una primera aproximación cautelar al acto del Ministerio del Interior impugnado, "no se deducen las violaciones de derechos denunciadas".

En paralelo, resolvía que la Sala era competente para conocer este asunto dado que el recurso se planteó contra un escrito de la Secretaría de Estado de Seguridad.