los gobiernos DEL PP EN ambas ciudades buscan desembarazarse de las competencias

Desprotegidos o migrantes económicos: la propuesta de Ceuta y Melilla para distinguir entre "menas"

La propuesta pactada por los gobiernos de Ceuta y Melilla para instar al Estado a modificar la Ley de Protección Jurídica del Menor establece una controvertida distinción entre menores extranjeros desprotegidos y migrantes económicos. 

Un menor extranjero dormita en plena calle (C.A.)
photo_camera Un menor extranjero dormita en plena calle (C.A.)

El pleno de la Asamblea de Melilla aprobaba ayer una propuesta para instar a la Administración central a modificar la Ley de Protección Jurídica del Menor. La iniciativa salió adelante con los únicos votos favorables del Gobierno local.

Melilla se adelanta así a Ceuta en el cumplimiento del acuerdo que alcanzaron sus dos presidentes, los populares Juan José Imbroda y Juan Vivas, para trasladar al Estado las responsabilidades sobre los menores extranjeros no acompañados que acceden de manera irregular a Ceuta. El pleno de la Asamblea caballa deberá ahora cubrir el trámite ya satisfecho por su homóloga melillense.

El texto que el PP ceutí elevará a pleno justifica la asunción por el Estado de buena parte de las competencias sobre estos menores en una distinción cuanto menos controvertida: la que se establece entre niños y adolescentes en situación real de desprotección y menores identificados como “migrantes económicos”.

El objetivo de los populares es conseguir que el Gobierno central modifique la Ley 1/1996 de Protección Jurídica del Menor para facilitar la repatriación de los niños y adolescentes extranjeros y, en todo caso, lograr reducir su estancia en la ciudad a tres meses, periodo tras el cual deberían ser trasladados a centros de acogida en la Península.

La argumentación de la propuesta que se pretende proponer al Gobierno de la nación concluye, sin otras precisiones ni datos, que la “gran mayoría” de los menores que llegan a Ceuta y Melilla no viven situaciones de desprotección. Según reza el texto, la motivación que les lleva a entrar en las ciudades autónomas está animada por “un proyecto migratorio decidido con claras connotaciones económicas”.

El documento apela en varios pasajes a “la realidad sociojurídica existente” para avalar la propiedad de esta distinción que, una vez asumida, tiene consecuencias prácticas sobre la tutela y acogida de los menores.

Según el razonamiento de los redactores de la propuesta, la consideración de “menores migrantes” que ellos mismos atribuyen a gran parte de los niños y adolescentes extranjeros habría de traducirse en una mayor implicación del Estado: “Encaja sin duda en el ámbito de la inmigración, que sería competencia exclusiva del Estado, a tenor de lo establecido en el artículo 141.1.2ª de la Constitución”.

 

Cifras

La propuesta de los gobiernos ceutí y melillense recoge una serie de datos acerca de la afluencia de menores a ambas ciudades. Conforme a estas cifras, Melilla habría atendido el pasado año a 1.895 menores mientras que en Ceuta se habría dispensado asistencia a 3.744. Aunque no se precisa, cabe entender que el número de asistencias cuantificadas en el documento no se corresponde con el de menores ya que, según el propio texto de la propuesta, Melilla acoge en la actualidad a unos 900, cifra que se reduce a 400 en el caso de Ceuta.

La iniciativa de los populares también apela al acuerdo bilateral suscrito por España y Marruecos en 2007 sobre retorno de menores no acompañados como una referencia para avalar su petición de modificación legal. Este convenio salió a la luz después de que el Gobierno de Pedro Sánchez hiciera uso de otro firmado en 1992, y apenas aplicado, para justificar la devolución el pasado agosto de 116 migrantes adultos a Marruecos.

El acuerdo sobre los menores, que entró en vigor sin demasiada eficacia años después, contempla un número escaso de compromisos precisos y se limita a validar la disposición de España y Marruecos para garantizar los intereses de los menores y, dado el caso en el que se formalice el retorno, preservar “las condiciones de la reunificación familiar efectiva del menor o su entrega a cargo de una institución de tutela”.

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