El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronuncia esta semana sobre el caso de dos africanos expulsados de Melilla en 2014

Europa puede dejar en evidencia las devoluciones en caliente

El Gobierno de PSOE y Unidas Podemos, manifiestamente contrarios a las expulsiones sumarias de migrantes en las vallas de Ceuta y Melilla, teme que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos confirme este jueves la ilegalidad de esta práctica. 

Un pequeño grupo de migrantes, encaramados a la valla fronteriza, son vigilados por agentes de la Guardia Civil (agosto 2019) (C.AA./ARCHIVO)
photo_camera Un pequeño grupo de migrantes, encaramados a la valla fronteriza, son vigilados por agentes de la Guardia Civil (agosto 2019) (C.AA./ARCHIVO)

La resolución que dicte el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) el próximo jueves condicionará el comportamiento del Gobierno español hacia la práctica de la expulsión sumaria de extranjeros en las fronteras de Ceuta y Melilla. Las denominadas “devoluciones en caliente”, rebautizadas por el Gobierno de Mariano Rajoy como “rechazos en frontera”, han sido censuradas con dureza por el PSOE y Unidas Podemos, cuyos dirigentes las han considerado desde siempre contrarias a los derechos humanos. Ahora, el presidente socialista Pedro Sánchez y su vicepresidente, el líder de Podemos, Pablo Iglesias, deberán lidiar con una sentencia que, sea cual sea su contenido, amenaza con empujar a ambos al pantanoso terreno de las contradicciones.

El TEDH emitió en su día una sentencia por la que consideraba que la devolución a Marruecos de la maliense N.D. y el costamarfileño N.T. vulneró el Convenio Europeo de los Derechos Humanos. Los dos migrantes africanos denunciaron que el 13 de agosto de 2014 fueron devueltos desde Melilla al país vecino después de alcanzar suelo español y tras permanecer encaramados en la valla durante horas.

Los jóvenes descendieron del cercado por la escalera que les proporcionaron los agentes de la Guardia Civil quienes, inmediatamente, los entregaron a las fuerzas de seguridad marroquíes.

"El Tribunal ha observado que los denunciantes habían sido expulsados y enviados a Marruecos en contra de sus deseos y que las medidas se adoptaron en ausencia de toda intervención administrativa o judicial previa", sostenían los jueces, cuya sentencia concluía que se les impidió de hecho plantear una queja a la autoridad competente y acceder al derecho de que su solicitud fuera revisada. La resolución también subrayaba que las autoridades españolas no facilitaron a los migrantes los servicios de abogados, intérpretes o médicos.

N.D., de 31 años, y N.T., de 32, acabaron con sus huesos en Fez junto a un grupo numeroso de migrantes que ese mismo día también trató de entrar en la ciudad española. Ambos lograrían entrar en Melilla al año siguiente. N.D. fue deportada a Mali en 2015 tras denunciar su caso.

España recurrió la resolución.

 

Ley de Seguridad Ciudadana

Las devoluciones en caliente recibieron aval legal con la aprobación de la Ley de Seguridad Ciudad, que mediante una disposición adicional introducía una modificación en la Ley de Extranjería por la que se amparaba la expulsión inmediata de los inmigrantes que tratasen de franquear las vallas fronterizas de las dos ciudades autónomas.

En enero del año pasado, el Gobierno de Sánchez ofrecía por primera vez cifras sobre las devoluciones sumarias practicadas en la frontera sur en 2018. Según estos datos, las expulsiones inmediatas en Ceuta y Melilla durante aquel año ascendieron a 658, 51 más que en 2017.

El nuevo Gobierno de PSOE y Unidas Podemos se enfrentaba el pasado 19 de enero a las primeras devoluciones en caliente practicadas en la frontera de Ceuta desde la toma de posesión de sus ministros. Aquel día, las fuerzas marroquíes contenían a 250 subsaharianos que trataban de entrar en la ciudad a través del paso de Benzú. Dos de ellos, uno que logró encaramarse a la valla y otro que fue rescatado del mar por la Guardia Civil, fueron devueltos al país vecino.

En su recurso contra la sentencia del TEDH, el Gobierno de España se aferra ahora al argumento de que no admitir a un extranjero en territorio nacional no significa expulsarlo.

 

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