el caso había sido sobreseído por última vez el pasado enero

La Audiencia ordena, por segunda vez, la reapertura de la causa por la muerte de 15 migrantes el 6-F

Según informa la Cadena Ser,  la Audiencia Provincial ha notificado hoy a las partes una resolución que supone la segunda ocasión en la que se ordena la reapertura del caso tras otros tantos sobreseimientos.

marcha por la dignidad tragedia tarajal 6-f
photo_camera Migrantes, en una de las manifestaciones conmemorativas de la muerte de quince jóvenes en El Tarajal (C.A./ARCHIVO)

AUTO EL TARAJALLa Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha ordenado la reapertura de la investigación judicial por la muerte de quince migrantes ahogados en aguas de la playa de El Tarajal el 6 de febrero de 2014, según informa hoy la Cadena Ser.

En un auto notificado hoy, la Audiencia notifica su decisión a las partes, una resolución que supone la segunda ocasión en la que se ordena la reapertura del caso tras otros tantos sobreseimientos.

En su resolución, la Audiencia constata que no se han realizado pruebas pertinentes reclamadas por las oenegés que actúan como acusación en el caso.

 

Un azaroso proceso

La juez de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ceuta decretó el 26 de enero pasado el sobreseimiento libre y el archivo de la causa. Aquel 6 de febrero de 2014 se registró el intento "masivo" de un número "indeterminado" de inmigrantes de acceder a territorio español, y en el que resultaron fallecidos quince migrantes y expulsados, a través de las denominadas devoluciones en caliente, un total de 23.

El 15 de octubre de 2015 se acordó por primera vez el sobreseimiento provisional de la causa abierta por delitos de homicidio y lesiones imprudentes, así como el sobreseimiento libre por el delito de prevaricación, lo que fue recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial, que el 12 de enero de 2017 estimó los recursos y acordó que se continuara la instrucción de la causa.

En su resolución del pasado enero, la juez consideró que "de lo actuado, no aparece debidamente justificada la perpetración de los diferentes delitos que han dado motivo a la formación de la causa", por lo que decreta el sobreseimiento libre de las actuaciones una vez "han sido cumplimentadas" las diligencias de instrucción cuya práctica fueron acordadas por medio de una providencia de fecha 30 de marzo de 2017.

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