Rechazado el recurso interpuesto por un particular

Un auto judicial da la razón a la Ciudad que no vulneró ningún derecho al suspender el Sacrificio

Ni el acuerdo plenario ni el decreto de la Consejería de Sanidad posterior atentaron contra los derechos fundamentales de las personas. 
MUSALA SACRIFICIO CORDERO 2019
photo_camera Rezo tras la Pascua del Cordero en 2019 (C.A./ARCHIVO)

Un auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Ceuta ha dictaminado que la Ciudad Autónoma de Ceuta no vulneró el derecho a la libertad religiosa por rechazar el pasado 21 de julio la propuesta que MDyC elevó al pleno de la Asamblea, donde este grupo político solicitaba que se aprobaran "todas las medidas necesarias para la celebración de la Pascua del Sacrificio". 

El juez ha desestimado el recurso interpuesto por un particular al considerar que "el pleno al no aprobar esta propuesta no atenta contra la libertad religiosa como derecho fundamental", según ha confirmado este viernes el portavoz del Gobierno, Alberto Gaitán. 

El auto recoge que el acuerdo plenario no significó la suspensión de la festividad sino que fue la Consejería de Sanidad la que en un decreto posterior, de 29 de julio, suspendió el rito por "riesgo de propagación del virus". 

 

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