El BOCCE publica la convocatoria de ayudas al sector del taxi

El presupuesto asciende a 187.254,60 euros y en ningún caso se subvencionarán actuaciones de mantenimiento y o reparación de los vehículos.

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photo_camera El presupuesto asciende a 187.254,60 euros.

El Boletín Oficial de Ceuta (BOCCE) ha publicado la convocatoria de ayudas del Programa de Modernización del Sector del Taxi, Anualidad 2022, que cuenta con un presupuesto de 187.254,60 euros, considerándose actuaciones subvencionables las siguientes:

  • La adquisición e instalación en el vehículo afecto a la licencia de nuevos y modernos taxímetros que permitan, entre otras funciones, introducir el número de tarifas necesarias y distinguir, de forma automática, períodos diurnos, nocturno y festivos.
  • La adquisición e instalación en el vehículo afecto a la licencia de datafonos que posibiliten el cobro del servicio mediante el uso de tarjeta de crédito / débito.
  • La adquisición e instalación en el vehículo afecto a la licencia de soluciones informáticas, basadas en telefonía IP y dispositivos GPS/GPRS que posibiliten mejorar la gestión de la empresa y optimizar la prestación de servicios a los clientes.
  • Las modificaciones o adaptaciones técnicas realizadas en el vehículo adscrito a la licencia de auto-taxi, destinadas a facilitar la prestación de servicios de transporte a personas discapacitadas o con problemas de movilidad reducida.
  • La instalación de elementos de seguridad aplicable a los empleados y usuarios del servicio.

El BOCCE señala que “en ningún caso se subvencionarán actuaciones de mantenimiento y o reparación", así como cualquier otro gasto relacionado con el funcionamiento del vehículo en sí y/o con la mejora de soluciones tecnológicas aplicadas al vehículo.

Los beneficiarios o destinatarios

Las personas físicas que, en el momento de la solicitud y hasta la concesión efectiva de la ayuda:

  • Sean profesionales del sector del taxi en Ceuta
  • Dispongan de las autorizaciones y/o licencias municipales correspondientes para el ejercicio de la actividad que desarrolla.
  • Cumplan con lo establecido para obtener la condición de beneficiario, conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la LGS.
  • Se encuentren al corriente con respecto a sus obligaciones tributarias -a escala nacional y regional- y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.