registra un escrito en la ciudad

UGT y Csif reclaman la retirada de la Policía Local del paso Tarajal II

Los sindicatos utilizan como argumento la respuesta parlamentaria ofrecida por el Gobierno central en la que se asegura que la Policía Local no tiene ninguna competencia en la frontera. 

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photo_camera Un furgón de la UIR de la Policía Local a la entrada de los polígonos de El Tarajal/ C.A.

La Federación de Servicios Públicos de UGT ha registrado un escrito en el Ayuntamiento por el que solicita la retirada “urgente” e “inmediata” de los servicios de la Policía Local que ejercen funciones de orden público en el paso fronterizo de El Tarajal II.

La petición de los sindicalistas se formula después de que el Gobierno central haya respondido a una pregunta parlamentaria presentada por el Grupo Socialistas que la Policía Local ceutí no ejerce ninguna función ni competencia en la frontera.

La labor de los policías locales en la frontera ha sido contestada por los sindicatos desde que la Consejería de Gobernación anunció que destacaría a un grupo de agentes a labores de control en la zona.

 

Crítica de CSIF

El sindicato, a través de un comunicado, asegura que desde que se anunció la apertura del nuevo paso de mercancías se le exigió al Gobierno conocer las competencias que los agentes iban a tener en esta zona de la ciudad, "obteniendo la callada como respuesta". " A pesar de nuestras reivindicaciones y advertencias, el Gobierno de la Ciudad ha destinado allí a agentes del cuerpo de la Policía Local para desarrollar, lo que, a todas luces, no son sus competencias. En la actualidad, pocos días después de la apertura del Tarajal II, los policías locales están efectuando competencias fuera de las reguladas en la Ley Orgánica 2/86", expone el sindicato.

CSIF recoge de manera textual la opinión del Gobierno de la nación sobre cuáles son los límites de las actuaciones del personal perteneciente a la Policía Local de Ceuta: "De acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la Ley Orgánica 2/86, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en relación con los Cuerpos de Policía Local, éstos sólo pueden actuar en el ámbito territorial del municipio respectivo y desarrollarán, únicamente, las funciones que le son expresamente atribuidas por el artículo 53 de la misma, bajo la dependencia orgánica y funcional de la respectiva Corporación local. Así pues, en aplicación de la precitada norma, no se ha reservado, ni está desarrollando la Policía Local de la Ciudad de Ceuta, ninguna función o competencia en el puesto fronterizo de Tarajal II.”

Pero a pesar de ello, "solo tenemos que personarnos en las inmediaciones del paso fronterizo, tal y como hemos hecho, para observar que los policías locales están realizando funciones que no vienen establecidas", 

El sindicato exige al Gobierno que establezca los medios que sean necesarios para evitar que la Policía Local de Ceuta, "permanezca ni un minuto más realizando competencias que no les son propias y para las que carecen de los medios materiales y personales suficientes".