La crisis del covid-19 pone sobre la mesa el debate en torno al desarrollo autonómico

La crisis económica y social que anticipa la pandemia de coronavirus debería ser suficiente para activar un debate sobre el futuro del autogobierno y el Estatuto.

Bandera de España en el Paseo de la Marina (C.A.)
photo_camera Bandera de España en el Paseo de la Marina (C.A./ARCHIVO)

Las consecuencias de la crisis del coronavirus han puesto en cuestión la actitud acomodaticia con la que los poderes públicos han venido observando durante las últimas décadas la fragilidad de la estructura económica, la desigualdad social y el controvertido marco jurídico-político de Ceuta. Las circunstancias parecen forzar una nueva época para la administración de los intereses públicos, un reto que, a juzgar por los primeros incipientes movimientos del Gobierno de la Ciudad, no ha sido definido todavía en toda su dimensión.

La crisis económica y social que ya empieza a resultar evidente ha puesto en primer plano de la discusión cuáles habrán de ser las herramientas con las que los responsables públicos acometan el empeño de garantizar el bienestar de los ciudadanos y el desarrollo de sus sectores económicos. El debate en torno a la necesidad de avanzar en una reforma legal del estatus jurídico de la ciudad ha quedado, pese a ello, relegado a un segundo plano.

Los sindicatos CCOO y UGT, sin embargo, han sido los primeros en plantear durante la crisis la conveniencia de emprender la reforma del Estatuto de la Ciudad. Su primera inclinación empujaba a los sindicalistas a reclamar la aplicación de la Transitoria Quinta de la Constitución: la disposición que permitiría a Ceuta convertirse en comunidad autónoma. Sin embargo, tal y como precisan los dirigentes de ambos sindicatos, la necesidad de alcanzar un consenso político amplio invita a limitar las aspiraciones para centrar el objetivo en la reforma del texto estatutario. Ahora cabe preguntarse, ¿la sugerencia de las organizaciones sindicales será atendida?

CCOO y UGT ya apuntaban algunas de las cuestiones que necesariamente habrían de aflorar en el debate: la redefinición de las competencias, la revisión del régimen fiscal especial y la precisión de la naturaleza y alcance del autogobierno ceutí, entre otras. Y es que Ceuta viene arrastrando desde hace 25 años las consecuencias de la indefinición de su marco jurídico y autogobierno.

Esta realidad, por evidente, ha sido asumida por el Gobierno local, aunque, paralelamente, nunca haya mostrado un interés activo no ya solo en avanzar hacia la conversión en comunidad autónoma si no tan siquiera en promover un desarrollo estatutario efectivo.

 

El actual régimen autonómico

El PP se ha erigido siempre como firme defensor del actual régimen autonómico, y sólo cuando los tribunales han desautorizado la competencia del ejecutivo local para nombrar cargos públicos a personas no electas, los populares ceutíes se han atrevido a plantear la conveniencia de promover una reforma legislativa, que no constitucional, para salvaguardar el autogobierno.

El partido de Juan Vivas ha aprovechado cualquier pronunciamiento mínimamente asimilable a sus tesis para defender el carácter inatacable del actual estatus. El PP ha identificado el Estatuto con la garantía de la “españolidad” de la ciudad.

La defensa del autogobierno incondicional que ha mantenido el Gobierno popular ceutí se ha topado en no pocas ocasiones con las reflexiones jurídicas de los jueces.

Así, por ejemplo, una resolución del titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ceuta dictada en 2015 se ampara en una sentencia del Tribunal Supremo del 23 de diciembre de 2004 para afirmar que la aprobación de un estatuto de autonomía promulgado por ley orgánica no basta para concluir la existencia de un ente territorial autonómico.

El juez aludía al procedimiento legal escogido para la tramitación del estatuto e interpretaba que, con arreglo al artículo 144b de la Constitución, las Cortes Generales “acordaron” un texto legal que establecía un régimen diferente al que caracteriza a las comunidades autónomas. Para sostener esta tesis, el juez recordaba que durante la tramitación parlamentaria se desestimaron enmiendas cuya finalidad era la consideración de Ceuta como comunidad autónoma. “La voluntad de las Cortes Generales no fue la de autorizar la constitución de Ceuta como comunidad autónoma”, concluía el magistrado en su redacción de los fundamentos de derecho.

El mismo magistrado argumentaba otra sentencia, en este caso del Tribunal Constitucional, para defender la condición de ente municipal de la Ciudad y, por tanto, su falta de competencia para el nombramiento discrecional de personas no electas.

Esta resolución define a Ceuta y Melilla como entes municipales dotados de “un régimen de autonomía local singular reforzado”. La condición de municipio vendría de hecho explicitada en las referencias contenidas en el propio estatuto: en su alusión al “territorio municipal de Ceuta”, cuando se refiere a la condición de concejales de los miembros de la Asamblea o cuando atribuye la condición de alcalde al presidente de la Ciudad.

La sentencia del Constitucional sostenía su argumento con alusiones a autos del mismo tribunal que negaban la legitimación del Consejo de Gobierno de Melilla y de la Asamblea de Ceuta para interponer recursos de inconstitucionalidad al no poder ser consideradas comunidades autónomas ninguna de las dos ciudades.

La crisis del coronavirus abre un nuevo escenario en el que, al menos impulsado por las centrales sindicales, se planteará la conveniencia de introducir cambios en el estatus jurídico de la Ciudad para enfrentar un panorama de declive económico y complejidad social que requerirá herramientas de mayor alcance. La duda estriba en conocer si una pandemia será suficiente para activar un debate hasta ahora dormido.