Sondeos electorales

La muestra no representativa en la que se apoya Vox

Se trata de Electomanía, el portal fetiche en el que la extrema derecha centra su discurso victorioso. Una web de sondeos electorales a la que la Junta Electoral Central abrió expediente sancionador, entre otras cuestiones, por eludir las especificaciones que todo sondeo electoral debe tener, destinadas a acreditar la calidad y fiabilidad.

 

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photo_camera Los diputados de Vox: Carlos Verdejo y Juan Sergio Redondo, en segundo plano. (ARCHIVO)

Las encuestas electorales son como los cajones de sastre: hay de todo y sirven para más (o para menos, según se mire). Alimentan desde tertulias hasta egos. Sirven a los candidatos para conocer el impacto de sus propuestas, aunque estos suelen decir que no les prestan demasiada atención. Pero no todos los partidos políticos (o sus representantes) hacen caso omiso a los sondeos.

Muchas empresas optan por la total transparencia y publican sus datos en bruto junto a las preguntas y el tamaño de la muestra (debe ser de al menos 1.000 personas) para que cada uno pueda “cocinarse” la estimación que le parezca.

Normalmente suelen hacerse llamadas aleatorias hasta completar cuotas de sexo, edad y tamaño del municipio para que la muestra sea representativa. Otras se hacen online como es el caso de 'Electomanía.es', el portal insignia de Vox Ceuta.

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Redondo publicaba el ‘ElectoPanel’ 

Hace escasas fechas, el líder de la formación de la extrema derecha, Juan Sergio Redondo, publicaba en redes sociales el ‘ElectoPanel’ de 'Electomanía.es', con el siguiente texto: “Barrera del 50% superada según las previsiones de Electomania 27M. Vox Ceuta sigue creciendo. Todavía queda esperanza. La pinza de la traición del PP y PSOE cada vez más lejos de Ceuta y más próxima a Marruecos”.

Pero, ¿qué es y cómo funciona este portal digital? Para conocer más esta fábrica demoscópica, el sociólogo Daniel Valdivia hace una escueta radiografía. “El problema de 'Electomanía.es' es que combina un sesgo de autoselección con una brecha digital. Al dejar fuera a personas mayores (menos digitales) y a quienes no se registran en su web, es evidente que los resultados benefician a determinados partidos”.

Las empresas demoscópicas que se precian incluyen en sus sondeos las características técnicas, que incluyen necesariamente los siguientes extremos: sistema de muestreo, tamaño de la muestra, margen de error de la misma, nivel de representatividad, procedimiento de selección de los encuestados y fecha de realización del trabajo de campo. Algo que intenta esquivar Electomanía, porque, si bien incluyen una ficha técnica de sus muestreos, la encabeza con el lema “estimación a partir de muestra aleatoria no representativa, tratada para adecuarse al universo” (primer ‘cocinado’). El universo hace referencia a la población con derecho a voto en las CCAA en estudio.

Un amplio universo que en el último ElectoPanel publicado, el pasado jueves, contaba con cerca de cuarenta y mil inscritos. Pero, ¿cuántos de esos electores eran ceutíes? Electomanía no ofrece la cifra exacta en el informe técnico y sólo existe una referencia, en la información del panel, sobre Ceuta, y hace referencia a que hay 7 inscritos más que el anterior muestreo. El nivel de representatividad o el procedimiento de selección de los encuestados, tampoco figuran.

Cabe destacar que, el pasado 24 de febrero, la Junta Electoral Central (JEC) acordó la apertura de un expediente sancionador a 'Electomanía.es' (número de expediente 300/189) por haberse saltado la ley al publicar sondeos "encubiertos" en medios digitales la ultima semana de campaña de las elecciones de Castilla y León. La JEC señaló que Electomanía.es elude las especificaciones que todo sondeo electoral debe tener, destinadas a acreditar la calidad y fiabilidad de los estudios de intención de voto, tales como la denominación y domicilio del organismo que realiza el sondeo y las características técnicas de éste, en el que no se incluyen las cuestiones planteadas y el número de personas que no han contestado a cada una de ellas, como refleja la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General).