El TSJA cree inconstitucional parte del Reglamento de la Asamblea de 2015

La formación localista interpuso en marzo de 2016 un recurso ante el TSJA contra la aprobación del Reglamento, publicado en el Boletín de la Ciudad a finales del año anterior.

Fatima-Hamed
photo_camera La presidenta de MDyC, Fátima Hamed (C.A./ARCHIVO)

MDyC ha recibido hoy la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declara inconstitucional parte del Reglamento de la Asamblea aprobado en 2015. El documento fue sustituido en 2018 por un nuevo texto que también cosechó las críticas de la oposición.

La formación localista interpuso en marzo de 2016 un recurso ante el TSJA contra la aprobación del Reglamento, publicado en el Boletín de la Ciudad a finales del año anterior. Los localistas consideraban que el texto conculcaba los derechos de participación de los ciudadanos y de los grupos políticos de la oposición, a los que, a juicio del partido, se reducía su capacidad para la fiscalización de la gestión del Gobierno.

La formación también cuestionaba el procedimiento seguido para la elección de la secretaria general

En un comunicado, MDyC considera que la resolución judicial es una prueba más de la “interpretación torticera” del poder que ha hecho durante las dos últimas décadas el Gobierno local.

Según explica MDyC, la sentencia señala, en cuanto a los nombramientos de no electos para el Consejo de Gobierno que “este motivo de impugnación ha de ser acogido, declarando la ilegalidad e inconstitucionalidad de las disposición.”

Los localistas detallan que la resolución declara nula la disposición relativ al nombramiento del secretario general de la Ciudad.  “La sentencia demuestra que el Desgobierno del Sr. Vivas debe, como toda la ciudadanía, acatar la Constitución y cumplir con las normas legales que están en vigor”, mantiene el partido.