Nueva directiva europea para barcos de pasajeros

La UE obliga a mejorar la seguridad de los ferris que cubren la línea del Estrecho

Las compañías navieras que operan en la línea del Estrecho tienen que adaptarse a la nueva normativa europea de seguridad que publica hoy el BOE

Buques de Baleària, en el puerto de Ceuta (C.A./ARCHIVO)
photo_camera La UE unifica criterios sobre seguridad marítima en buques de pasajeros nuevos y existentes (C.A.)

El BOE ha publicado las normas de seguridad que son aplicables a los buques de pasajeros que realizan travesías entre los puertos españoles, entre ellas la línea Ceuta-Algeciras.

Afecta a los buques nuevos o existentes de eslora igual o superior a 24 metros, así como a las naves de pasaje de gran velocidad. Se trata de una modificación de un Real Decreto anterior que se aplica para todos los Estados miembros de la Unión Europea y que unifica criterios.

Esta normativa valora especialmente el factor humano como clave para la seguridad marítima. Toma en consideración los estrechos vínculos existentes entre la seguridad de la navegación, la vida a bordo del buque, las condiciones de trabajo en el mismo y la formación de la tripulación. Se articulan también medidas técnicas y jurídicas para poner al día algunos aspectos complementarios de la directiva anterior.

Entre otras medidas de seguridad, se especifica que las reparaciones, cambios y modificaciones de importancia en buques nuevos y existentes, así como sus correspondientes equipamientos, cumplirán las prescripciones relativas a los buques nuevos.

Todos los buques deberán ir provistos de un certificado de seguridad para buque de pasaje de conformidad con el nuevo Real Decreto. Éste tendrá un período máximo de validez de doce meses, pudiendo la Administración o bien la Dirección de la Marina Mercante prorrogar su validez por un mes.

  

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