El informe ha sido presentado por la presidenta del órgano en el Congreso

El Tribunal de Cuentas detecta irregularidades en la compra de medicinas por el Ingesa en Ceuta

El Tribunal de Cuentas ha detectado irregularidades cometidas por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) en Ceuta. Así, el TC en su informe explica que se efectuaron pagos a diferentes laboratorios farmacéuticos para la adquisición de medicamentos para el tratamiento de la hepatitis C por un importe superior al correcto (exceso de 113.928,20 euros), debido a que no se consideraron adecuadamente los techos de gasto establecidos por la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos.

En el documento también se denuncia un significativo importe de los pagos realizados por el Ingesa en el ejercicio 2016, derivados de la contratación de servicios de asistencia sanitaria con empresas privadas (111.788,41 euros en Ceuta) se efectuó al margen de los procedimientos de contratación previstos en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), lo que supuso un incumplimiento de los procedimientos de adjudicación establecidos en la normativa, así como de los principios generales de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad, transparencia, igualdad, no discriminación, igualdad de trato y salvaguarda de la libre competencia que, de acuerdo con el TRLCSP, deben regir en los procedimientos de contratación administrativa.

En relación con el servicio del 061 del Área Sanitaria de Ceuta, en el informe se asegura que se están realizando traslados en ambulancia que exceden del ámbito de sus competencias, y por los que el Ingesa no recibe ninguna contraprestación económica.

El informe, correspondiente al año 2016, ha sido presentado este lunes en la Comisión Mixta Congreso y Senado por la presidenta del órgano fiscalizador, María José de la Fuente. La presidenta ha reconocido que La actividad asistencial de Ingesa está especialmente condicionada por las prestaciones dispensadas a la población extranjera no asegurada, debido fundamentalmente a la situación fronteriza de Ceuta y Melilla con el Reino de Marruecos, y a la diferencia existente entre el PIB per cápita a ambos lados de la frontera, lo que origina significativas diferencias en la prestación de los servicios sanitarios a la población de un país y otro.

Durante el período fiscalizado, el acceso a la sanidad pública en España ha estado vinculado al reconocimiento del derecho por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), siempre que se cumplan los requisitos legalmente establecidos, quedando excluidos de este derecho los extranjeros sin residencia legal en España, excepto en los tres supuestos recogidos en la Ley 16/2003 (artículo 3.tercero): las situaciones de emergencia por enfermedad grave o accidente; la asistencia al embarazo, parto y posparto; y los extranjeros menores de 18 años, que serán asistidos en las mismas condiciones que los asegurados españoles.

Como consecuencia de ello, en Ceuta, además de la población que tiene derecho a la asistencia sanitaria como asegurado o beneficiario, también debe considerarse como usuaria “potencial” a la población transeúnte y no residente legalmente en España, la cual tiene un gran impacto en los servicios de urgencias, obstetricia y neonatología/pediatría/atenciones a menores, donde se ha evidenciado la existencia de indicadores notablemente más altos que la media de conjunto del Sistema Nacional de Salud (SNS).