Sentencia

El TSJA rebaja de 6 a 3 años la condena a un agresor sexual por haber actuado borracho

La chica tenía doce años y se dirigía a sus clases particulares cuando fue abordada por el agresor. 
Sala de vistas de la Audiencia Provincial (C.A./ARCHIVO)
photo_camera Sala de vistas de la Audiencia Provincial (C.A./ARCHIVO)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación de Hafri R. contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta en fecha 8 de mayo de 2020 al apreciar la concurrencia de la circunstancia eximente incompleta de intoxicación etílica.

Este tribunal sustituye las penas impuestas al acusado las que se enumeran a continuación. 

- Por el delito de agresión sexual, tres años de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo y prohibición durante diez años de aproximarse a menos de cien metros de la perjudicada en cualquier lugar donde se encuentre, así como de acercarse a su domicilio, su lugar de trabajo o cualquier otro que sea frecuentado por ella y de comunicarse con la misma por cualquier medio. Se mantiene la medida de libertad vigilada durante seis años. Por el delito leve de lesiones, multa de quince días con cinco euros de cuota diaria. Confirma el resto de la sentencia recurrida.

Los hechos probados

En fecha 8 de mayo de 2020 se dictó sentencia por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta en la referida causa: “Se considera probado y así se declara que el acusado HAFRI R, de nacionalidad marroquí y sin antecedentes penales, el día 21 de noviembre de 2018, sobre las 15:30h, se aproximó la chica de 12 años de edad cuando se dirigía a asistir a clases particulares de apoyo en sus estudios, la agarró fuertemente del brazo, empujándola contra la pared e inmovilizándola con su cuerpo, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales comenzó a besarla en la boca y en el cuello, tocándole el pecho y las nalgas. Al comenzar a gritar la chica, el acusado la agarró fuertemente del cuello tapándole la boca con una mano, pero manteniendo su actitud en la que sólo cesó cuando fue sorprendido por una tercera persona quien le pidió igualmente que la soltara, abandonando el lugar de los hechos y manteniéndose en las proximidades donde fue detenido posteriormente por dos agentes de la Policía Nacional.

En el momento de su detención presentaba síntomas de intoxicación etílica, habiendo sido sometido horas después a una analítica de sangre que arrojó un resultado de 132,6 mg/dl de alcohol. Como consecuencia de estos hechos la chica sufrió perjuicio físico consistente en erosión en borde radial de la muñeca izquierda, pequeña herida en mucosa labial superior izquierda y contusión en mucosa bucal inferior derecha, lesiones que sólo precisaron de una primera asistencia y que tardaron en sanar cinco días no impeditivos para sus ocupaciones habituales. El acusado, que carece de los permisos necesarios para residir en territorio nacional, se encuentra en situación de prisión provisional desde el día 23 de noviembre de 2018, habiendo sido detenido el mismo día de los hechos”.

 

 

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