Los agentes fueron condenados en 2005 por un delito de lesiones con agravante de abuso de autoridad sobre un hombre de 57 años.

Jacob Hachuel se sentará en el banquillo por no ejecutar la inhabilitación de dos policías locales

La Audiencia Provincial ha estimado ahora el recurso planteado contra la resolución judicial que ordenó en abril el sobreseimiento de la causa. Sobre los agentes pesa una condena de 22 meses de inhabilitación especial por un delito de lesiones con agravante de abuso de autoridad.

Hachuel departe con el superintendente de la Policía Local en un acto público (C.A./ARCHIVO)
photo_camera Hachuel departe con el superintendente de la Policía Local en un acto público (C.A./ARCHIVO)

El exconsejero de Gobernación Jacob Hachuel se sentará en el banquillo acusado de obstaculizar la inhabilitación de dos agentes de la Policía Local ordenada por el Tribunal Supremo. Los policías habían sido condenados por la comisión en 2005 de un delito de lesiones con agravante de abuso de autoridad sobre Abselam Mohamed, un hombre de 57 años.

La Audiencia Provincial ha estimado ahora el recurso planteado por la familia de Mohamed contra la resolución judicial que ordenó en abril el sobreseimiento de la causa abierta contra Hachuel. El Juzgado de Instrucción número 4 consideró que la decisión del exconsejero de firmar el 5 de enero de 2016 un decreto para cerrar el expediente abierto contra los policías, y, por lo tanto, para dejar sin efecto la inhabilitación, no constituía un delito de prevaricación. El auto dictado por la Audiencia Provincial considera, sin embargo, que es necesario abrir un procedimiento para determinar si Hachuel delinquió.

La resolución reprocha que el cierre del expediente rubricado en 2016 por el exconsejero no tuviera en cuenta la naturaleza propia del procedimiento disciplinario. “Ello pudo deberse a un error de planteamiento técnico derivado de la ignorancia de las normas aplicables o de realizar un análisis apresurado y poco diligente, lo que no encajaría dentro del delito de prevaricación administrativa”, razona el ponente. Más adelante, el auto concluye la necesidad de estimar el recurso para que sea en un futuro juicio donde se determine “si todo se ha debido a un despropósito continuado por dejadez, a la ignorancia en aspectos administrativos esenciales de los organismos de la Ciudad Autónoma de Ceuta o a la voluntad deliberada de salvaguardar a los dos policías locales”.

El Supremo dictó en 2014 una sentencia por la que condenaba a los dos policías a una pena de dos años de prisión y 22 meses de inhabilitación especial. Más tarde, un auto de la Audiencia Provincial acordó que se suspendiera la pena de cárcel y la accesoria de inhabilitación siempre y cuando los dos funcionarios no cometiesen ningún delito durante dos años. Hachuel pidió asesoramiento a la Audiencia Provincial cuando se encontró ante la disyuntiva de entender que la suspensión concedida a los condenados no afectaba a la pérdida de su condición de funcionarios. Ante la imposibilidad de recibir este asesoramiento, la consulta se realizó a los servicios jurídicos de la Ciudad que determinaron que los policías locales no perdían su condición de funcionarios.

“No tenemos nada contra Hachuel, solo pedimos que se ejecute la sentencia del Supremo”, ha puntualizado Tarek Mizzian, hijo de la persona que fue agredida por los policías locales.