Por la falta de concreción de los hechos imputados

La Fiscalía interpone un recurso de reforma al auto de la jueza contra los guardia civiles del 6-F

El Ministerio Fiscal ha interpuesto un recurso de reforma, subsidiario de apelación contra el auto dictado por la juez de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ceuta  y en el que acordó continuar por los trámites del procedimiento abreviado la causa contra 16 guardias civiles por los hechos ocurridos en el espigón de la playa de El Tarajal.

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photo_camera Imagen de la tragedia del 6-F (C.A.)

Este recurso de Ministerio Fiscal se une al presentado por la Abogacía del Estado esta semana al auto contra los 16 guardias civiles encausados por los hechos acontecidos el 6 de febrero de 2014 en el espigón de la playa de El Tarajal. En el mismo, la Abogacía del Estado señala que los 15 inmigrantes fallecieron ahogados y sin lesiones de las pelotas de goma,

En el caso de la Fiscalía, el argumento utilizado en el recurso es por la falta de concreción de los hechos imputados.

 

Auto

La juez de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ceuta acordó continuar por los trámites del procedimiento abreviado la causa contra 16 guardias civiles por los hechos ocurridos en Ceuta, y en concreto en el espigón de la frontera del Tarajal, el día 6 de febrero de 2014, cuando 15 migrantes murieron ahogados intentando entrar en España.

En un auto dictado el día 24 de septiembre, la juez acuerda continuar las diligencias previas por los trámites de la preparación del juicio oral del procedimiento abreviado contra dichos agentes por posibles delitos de homicidio por imprudencia grave con resultado de muerte y denegación de auxilio, dando traslado a la Fiscalía y a las acusaciones personadas por plazo común de 10 días para que soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación, pidiendo el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.

La juez pone de manifiesto que, de las diligencias practicadas, se infiere que, el 6 de febrero de 2014, miembros de la Guardia Civil investigados en la causa dispararon pelotas de goma y botes de humo, “con propósito disuasorio”, desde la playa ceutí del Tarajal al mar, donde una serie de personas “intentaban alcanzar Ceuta a nado” y “fueron obligadas a volver a Marruecos”.

En este sentido, la instructora señala que “no todas consiguieron volver a nado y se ahogaron 15 personas, resultando otras lesionadas”, hechos “supuestamente acontecidos” que resultan de las testificales practicadas, “coincidentes en su contenido”, así como de los informes periciales, declaraciones de los investigados y demás documentación obrante en la causa.

La juez considera que la actuación desplegada por los agentes de la Guardia Civil “pudo contribuir, co-casualmente, a título de imprudencia, a la muerte por ahogamiento de las mismas, concurriendo indicios sobre posible falta de proporcionalidad de la actuación desplegada por los investigados, los cuales, indiciariamente asimismo, omitieron socorrer a las personas que se hallaban nadando en el mar con riesgo vital”.

“Es claro que en el mar había personas migrantes que podían sufrir un mal, incluso la pérdida de la vida, y que debían ser auxiliadas por los agentes investigados, los cuales podían haber intervenido en su auxilio y se abstuvieron de hacerlo sin causa que justifique su omisión”, mientras que “la ayuda que precisaban las personas que nadaban el día de los hechos hacia España era frente a un mal, el riesgo de pérdida de sus vidas, inminente”, afirma la juez.