Una docente trabajó diez años en Granada sin adaptación al puesto pese a su sordera profunda, lo que el juez califica de "intolerable"

Un juez nacido en Ceuta dicta una sentencia histórica por la igualdad de los trabajadores discapacitados

David Fernández es el juez que ha dictado la resolución que supone un importante avance en el derecho al trato en igualdad de las personas trabajadoras discapacitadas. 

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photo_camera Juzgados de Granada (ANDALUCÍA INFORMACIÓN)

Los medios de comunicación nacionales se han hecho eco en las últimas horas de una sentencia que se puede calificar de histórica y novedosa.

El pasado 29 de marzo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Granada emitió una sentencia que reconocía los derechos de los trabajadores y trabajadoras con discapacidad. La buena noticia también para Ceuta es que tal resolución judicial está dictada por un joven juez natural de Ceuta, David Fernández Torregrosa. Tan solo tiene 30 años y fue número uno de su promoción de jueces, lo cual le valió entonces que la prensa se interesara por él. 

El caso

El caso concierne a una trabajadora docente funcionaria con discapacidad auditiva por sordera profunda, que había obtenido su plaza en las oposiciones de 2011 por el turno de discapacidad. Sin embargo, tras la obtención de la plaza, durante más de 10 años, ha tenido que afrontar su día a día laboral sin adaptación alguna a su puesto de trabajo, tal y como afirma rotundamente la sentencia judicial, dando lugar a “la existencia de una situación de discriminación patente, manifiesta, flagrante e intolerable”. Por todo lo anterior se obliga a la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía a facilitarle un intérprete de lengua de signos y a que lleve a cabo todas aquellas medidas adaptativas que le sean necesarias para el desarrollo de su labor en condiciones de igualdad con sus compañeros y compañeras, según ha informado el sindicato andaluz Ustea. 

Explica Ustea que Desde el inicio de esta situación la trabajadora tomó un papel activo contra su propia discriminación. Así, desde el momento de la incorporación de esta al cuerpo docente hasta la presentación de la demanda, se presentaron unos 15 escritos y reclamaciones que pedían la adaptación al puesto de trabajo. Todas ellas fueron desestimadas por la Consejería de Educación. Sin embargo, dos servicios de prevención vinculados a la Administración andaluza reconocieron en sendas ocasiones la necesidad de que la trabajadora dispusiese de un intérprete de lengua de signos, entre otras adaptaciones. Estos servicios fueron: el Centro de Valoración y Orientación de la Delegación de Igualdad de Córdoba y el Área de Vigilancia de la Salud de la Consejería de Economía. Finalmente, los servicios jurídicos de USTEA presentaron un recurso contencioso-administrativo en el que se pedía precisamente que se adaptara el puesto mediante un intérprete de signos, entre otras cuestiones. Más tarde, un informe del Defensor del Pueblo Andaluz dio argumentos que sostenían las demandas interpuestas en favor de la trabajadora.

Para el sindicato "aunque la resolución del juicio, pandemia de por medio, ha tardado casi dos años, la espera ha merecido la pena, pues la contundencia de la sentencia judicial no deja lugar a dudas y supone un importante avance en el derecho al trato en igualdad de las personas trabajadoras discapacitadas. Si bien este derecho está reconocido por ley, en muchas ocasiones, y por criterios meramente economicistas, el camino al que se enfrentan estos trabajadores y trabajadoras para ver adaptado su puesto de trabajo está lleno de laberintos y de vías muertas, que los deja en un situación de desamparo. Esta frustración laboral y personal origina consecuencias negativas en la salud de dichas personas, tal y como apunta la propia sentencia judicial". 

La sentencia supone un hito en el camino del reconocimiento de los derechos y la dignidad de las personas discapacitadas. 

 

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