Pleno polémico a finales de enero de 2020

La juez no ve que exista un delito de amenazas del líder de Caballas a Vox

Mohamed Alí deberá hacer frente a la acusación de un presunto delito de odio contra Vox. 

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photo_camera El líder de Caballas, Mohamed Ali, el día del polémico pleno (ARCHIVO)

La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Ceuta ha rechazado el recurso de reforma interpuesto por tres diputados de Vox y dos de sus asesores contra el auto de finales de junio en el que acordó llevar a juicio oral al portavoz de Caballas, Mohamed Ali, por un presunto delito de odio. 

La formación de Sergio Redondo pretendía que además de un delito de odio se le atribuyera a Alí uno por amenazas. Todo relacionado con el pleno celebrado en enero de 2020 en el que hubo un duro enfrentamiento entre ambos partidos a raíz de varios mensajes de Whatsapp islamófobos y xenófobos atribuidos a Vox. 

Según publica Ceutaaldía, la magistrada entiende que “no resulta debidamente justificada la perpetración del tipo delictivo de amenazas por cuanto las expresiones vertidas por los investigados, proferidas además en un contexto de confrontación política, especialmente reprobable en la grave crisis que atravesamos por la pandemia causada por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2 [ni siquiera se refirió a los mensajes islamófobos de Whatsapp que incendiaron el Pleno], fueron fruto del acaloramiento del momento y no se desprende que realmente encerraran unas amenazas serias y firmes de perpetrar un mal contra los miembros de Vox Ceuta, ni un propósito deliberado de llevar las mismas al terreno de los hechos”.

Por su parte, la Fiscalía ha pedido archivar la causa por la que se le imputa a Alí un delito de odio. 

Vox ha solicitado que se imponga a cada uno de los tres investigados, el líder de Caballas y dos personas del público, una pena de dos años y medio de cárcel por un delito de odio, otros quince meses por uno de amenazas y una multa de nueve meses a razón de 15 euros diarios. Además, ha pedido que en concepto de “responsabilidad civil” los acusados sean obligados a indemnizar “por daños morales” a sus cuatro diputados autonómicos (Redondo, Verdejo, Ruiz y Cifuentes) y a dos de sus asesores (David Romero y Ricardo Castellanos) con mil euros.