El nombramiento de Adelaida Álvarez como viceconsejera en 2013 es nulo

El Tribunal Supremo sentencia que la Ciudad no puede nombrar a viceconsejeros no electos

Los siete viceconsejeros nombrados por Vivas en esta legislatura también pueden ser nulos. Según el Supremo, la UGT está legitimada para impugnar los nombramientos.   

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photo_camera Adelaida Álvarez, detrás del presidente de la Ciudad, Juan Vivas (C.A.)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha fallado en contra del recurso de casación interpuesto por la Ciudad de Ceuta después de que el TSJA declarara en apelación “nulo” el nombramiento de Adelaida Álvarez como viceconsejera de Empleo del Gobierno local.

Esta sentencia ratifica lo expuesto por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que legitima al sindicato para impugnar el nombramiento y confirma la calificación de la Ciudad Autónoma como entidad local.

Sobre la desestimación del recurso de la Ciudad se añade en la sentencia que “ninguna duda hay sobre la singularidad organizativa de las Ciudades Autónomas, fruto de la autonomía constitucionalmente garantizada que disfrutan, ni tampoco de que comporta la posibilidad de dotarse de órganos distintos de los previstos para las entidades locales por la legislación aplicable con carácter general en el resto de España. No obstante esa libertad de organización ha de ejercerse en el respeto a las prescripciones constitucionales, que no son disponibles ni siquiera para el legislador estatutario”.

El fallo se apoya en que “no parece coherente que mientras en ningún municipio de España puedan ejercer el Gobierno local personas distintas de los propios vecinos y de quienes hayan sido elegidos por ellos, en Ceuta y Melilla sí pueda estar en manos de personas que no han sido elegidas democráticamente”.

La sentencia ha contado con los votos particulares de dos magistrados que disienten del fallo “porque obvia la peculiar naturaleza de las Ciudades Autónomas a las que considera meros entes locales, prescindiendo de lo que establece el Estatuto de Autonomía de Ceuta, los reglamentos de desarrollo aprobados por la Asamblea y la Ley 27/2013 de racionalización y sostenibilidad de la Administración local”.

Consideran, por tanto “que no procede la aplicación de la legislación en materia de régimen local reparando en que los miembros de la Asamblea ostentan también la condición de concejales y el presidente de la Ciudad de alcalde, pero no al contrario”. Asimismo, afirman que el Estatuto atribuye expresamente a la Ciudad “la potestad de autoorganizarse”.

El fallo del Tribunal Supremo podría tener consecuencias inmediatas sobre el Gobierno de Juan Vivas. Podrían ser nulos los últimos nombramientos realizados en la presente legislatura.

El pasado 26 de junio, el BOCCE publicaba los decretos del presidente relativos a la creación de siete viceconsejerías y el nombramiento de sus titulares: María del Mar Sánchez, viceconsejera de Presidencia; Alfonso Conejo, viceconsejero de Medio Ambiente; Mina Mohamed, viceconsejera de Servicios Urbanos; José Luis Fernández Medina, viceconsejero de Gobernación; Adela Nieto, viceconsejera de Programación Cultural y Fiestas; Alejandro Ramírez, viceconsejero de Economía, Comercio y Turismo; y Benjamín Álvarez, viceconsejero de Consumo y Transporte Público Urbano.