1,2 millones para la subvenciones dirigidas al Tercer Sector

El BOCCE publica las bases de las ayudas con cargo al 0,7% del IRPF para las organizaciones del Tercer Sector.

z1

El Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE) publica hoy las bases que regularán las convocatorias de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria (0,7%) del IRPF. El órgano competente para la ordenación y la instrucción del procedimiento es la Consejería de Servicios Sociales.

La finalidad de estas subvenciones es la realización de actividades de interés general para cubrir las necesidades específicas de asistencia social dirigidas a la atención de las personas en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad.

La Ciudad prevé distribuir alrededor de 1,2 millones de euros, cantidad que podría aumentar si se concreta la ampliación de medio millón anunciada por el Gobierno de la Nación a la Consejería de Servicios Sociales, según anticipó en el anterior Consejo de Gobierno su portavoz.

Podrán beneficiarse de estas ayudas las entidades que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector, así́ como Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones no gubernamentales que estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo que les corresponda de acuerdo con su naturaleza jurídica, al menos con tres años de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria de estas subvenciones. Los aspirantes deberán carecer de fines de lucro, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, haber justificado las ayudas económicas recibidas con anterioridad por la Ciudad o  por la Administración General del Estado y, por último,  acreditar experiencia y especialización en la atención a las personas a las que se dirigen los programas, para lo cual deberán disponer de la estructura suficiente.