Los jueces frustran investigaciones antiterroristas por dudas en torno a los medios de prueba aportados por los investigadores policiales

Operaciones contra el terrorismo decaen en los tribunales

Los tribunales resuelven en apenas dos días la nulidad de una sentencia condenatoria contra dos ceutíes y la absolución de otros tres, todos ellos acusados de delitos de terrorismo.

Agentes de la Policía en el transcurso de una operación antiterrorista en El Príncipe (C.A./ARCHIVO)
photo_camera Agentes de la Policía en el transcurso de una operación antiterrorista en El Príncipe (C.A./ARCHIVO)

Dos de las últimas operaciones policiales contra el terrorismo yihadista en Ceuta se han dado de bruces con los tribunales. El Tribunal Supremo primero, y la Audiencia Nacional, más tarde, aducen dudas sobre los medios de prueba aportados por los investigadores para dictar sentencias que han supuesto, respectivamente, la nulidad de las condenas y la absolución de los procesados.

El Tribunal Supremo dictaba el pasado martes una sentencia por la que declaraba la nulidad de la dictada por la Audiencia Nacional contra los ceutíes Abdelilah C.B., alias “Stilike”, e Icham A.M., conocido como “Barbarroja”. Ambos habían sido condenados a 17 años de prisión por los delitos de participación activa en organización terrorista y depósito de armas de guerra con fines terroristas.

La nulidad de la sentencia está fundada en la “sobreprotección” que, a juicio del redactor de la resolución, se brindó al testigo de cargo del juicio. El Supremo considera que la Audiencia no motivó de manera suficiente la protección máxima concedida al testigo, cuya identidad se mantuvo anónima para las defensas.

“Stilike” y “Barbarroja” fueron detenidos el 13 de enero de 2017 en el transcurso de una operación policial desarrollada en El Príncipe y Villajovita. Entonces, los investigadores atribuyeron a los arrestados de tratar de emular en Ceuta los atentados cometidos en París. El caso vuelve ahora a la Audiencia Nacional, que deberá retomar la causa.

Apenas 48 horas después de que se hiciera pública esta sentencia, la Audiencia Nacional dictaba una sentencia absolutoria para tres ceutíes detenidos el 23 de febrero de 2016 en El Príncipe y Cortijo Moreno. Hamed Abderahaman Ahmed, conocido como el “talibán español”, Morad Duas Mohamed y Hamza Layachi Abdeslam estaban acusados de pertenecer a una organización terrorista. Pero, en este caso, las pruebas aportadas por los investigadores tampoco han parecido suficientes a los jueces. En esta ocasión, la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha considerado que existen dudas sobre la propiedad de los dispositivos informáticos intervenidos durante la operación, fundamentales para incriminar a los acusados. Las conversaciones entre los procesados interceptadas por los investigadores tampoco parecen resultar demasiado eficaces: la Audiencia Nacional cree que carecen de suficiente capacidad incriminatoria.

No es la primera vez que una operación antiterrorista desarrollada en Ceuta se acaba frustrando en los tribunales. En enero y marzo de 2015, eran detenidas en la ciudad seis personas en el marco de la denominada “Operación Chacal” acusadas de formar una célula del Estado Islámico con capacidad para atentar. En enero de 2017, la Sección Cuarta de la Sala Penal de la Audiencia Nacional absolvía a los procesados, para quienes la Fiscalía pedía condenas de entre doce años y medio y diez años y medio de cárcel.

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