ABIERTA LA CONVOCATORIA

Vuelven los billetes de barco para familiares un 40% más baratos

La Ciudad ha publicado en el BOCCE la convocatoria de estas ayudas que supondrán el 40% del coste del billete de barco para familiares y ausentes. 

estación marítima
photo_camera El ahorro en el barco llega al 40% / C.A.

Desde este martes y hasta finales de año se puede solicitar las ayudas en la compra del billete de barco a los ausentes tal y como se publica en el BOCCE. Tienen esta categoría los familiares de los residentes hasta un tercer grado de consanguinidad, los que nacieron o vivieron en Ceuta y ahora no residen, quienes hicieron la mili en la ciudad y los integrantes de las casas regionales de Ceuta existentes en el resto de España, así como los cónyuges, ascendientes o descendientes en primer grado de todos ellos. El importe de estas ayudas es de 100.000 euros, una cantidad bastante inferior a la de la convocatoria anterior.

El pago de las ayudas concedidas a los beneficiarios se realizará por Servicios Turísticos, mediante transferencia bancaria, ingresando el importe de la ayuda concedida en la cuenta designada. Por cada viaje de ida y vuelta entre Algeciras y Ceuta, la Ciudad satisfará, a través de Servicios Turísticos, el importe equivalente al 40% del precio del billete, tasas portuarias y comisiones de agencia incluidas, sin que la mencionada ayuda pueda superar la cantidad de 28 euros para ambos trayectos de ida y vuelta.

Un mismo beneficiario no podrá disfrutar del incentivo en un número superior al de tres viajes, de ida y vuelta, durante el plazo de vigencia de la convocatoria correspondiente. Los billetes acogidos al incentivo podrán ser expedidos tanto por las compañías navieras como por las Agencias de Viajes, y deberán incluir obligatoriamente: nombre y apellidos, DNI o NIF, fechas y horas de los trayectos, así como el importe correspondiente a cada pasajero. Cada beneficiario deberá de solicitar, a la naviera o agencia de viajes, que la emisión de su billete sea individual.

Para ser beneficiario de esta subvención será preciso estar inscrito en el censo que existirá en Servicios Turísticos. El alta en el censo se producirá a petición del interesado, previa presentación de la correspondiente solicitud, que debe ser individual y deberá ir acompañada de toda la documentación. La vigencia del mismo se prorrogará automáticamente para cada convocatoria. Aquellos beneficiarios que estuviesen incluidos en el censo creado por Servicios Turísticos en la convocatoria correspondiente al periodo 2016-2017, y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases, serán incluidos automáticamente en el nuevo censo.