Tras aprobar el decreto del estado de alarma, el Gobierno trasladó el mensaje de que era obligatorio ir en solitario por la calle (salvo que se acompañase a personas con discapacidad). El problema es que no era eso lo que había aprobado. Por un error de técnica jurídica, la norma publicada la medianoche del sábado e el BOE, permitía ir acompañado, en pareja o en grupo, a la compra, al banco, a la farmacia, al médico, al trabajo...
Ahora, se el decreto se ha corregido y hay varias novedades relevantes. Por una parte, todas esas actividades (hacer la compra, ir al trabajo, al banco, a la farmacia, al médico...) deben hacerse, ahora sí, individualmente como norma general. La redacción sigue sin ser la óptima, porque se puede ir en grupo a la compra y luego comprar los alimentos individualmente.
Pero más allá de eso, se permiten varias excepciones, que hasta ahora no se habían contemplado: así, se puede acompañar no solo a personas con discapacidad, sino también a mayores o menores. De no contemplarse, habría sido un problema para padres con niños pequeños que no pudieran dejar solos, por ejemplo. En todo caso, más allá de las obligaciones legales, la recomendación de las autoridades es salir a la calle lo mínimo que sea necesario.
Otro de los cambios afecta al listado de establecimientos cuya apertura está autorizada. Se han caído las peluquerías y se incluyen los "centros o clínicas veterinarias".