Opinión

No es verdad

La Ciudad ha celebrado como un éxito propio la sentencia del TSJA que revoca la anulación del nombramiento de un viceconsejero del Gobierno de Juan Vivas en el año 2014. El entusiasmo mostrado por los populares se antoja un gesto forzado y fingido. Sencillamente no es cierto, tal y como proclaman desde la sede del Palacio de Asamblea, que el tribunal haya declarado de modo inequívoco que la Ciudad Autónoma tiene competencia para designar como miembros del Gobierno a personas que no han sido elegidas en las urnas.

La Ciudad ha celebrado como un éxito propio la sentencia del TSJA que revoca la anulación del nombramiento de un viceconsejero del Gobierno de Juan Vivas en el año 2014. El entusiasmo mostrado por los populares se antoja un gesto forzado y fingido. Sencillamente no es cierto, tal y como proclaman desde la sede del Palacio de Asamblea, que el tribunal haya declarado de modo inequívoco que la Ciudad Autónoma tiene competencia para designar como miembros del Gobierno a personas que no han sido elegidas en las urnas.

El TSJA ha sentenciado que el sindicato FSP-UGT no posee legitimación para llevar a los tribunales por vía contencioso-administrativa el nombramiento del cuñado de Juan Vivas como viceconsejero. Los jueces ceutíes decretaron en su día que éste y el resto de nombramientos de viceconsejeros resultaban contrarios a derecho por cuanto excedían las competencias de la Ciudad. Es decir, dos magistrados de lo Contencioso-Administrativo han argumentado, como sostén de distintas sentencias, que la Ciudad Autónoma carece de capacidad para designar como miembros del Gobierno a quienes no han pasado por las urnas. Este parecer técnico está sostenido por reflexiones jurídicas sólidas que, hasta la fecha, ninguna otra instancia judicial ha contradicho.

La resolución del TSJA, al igual que hiciera con anterioridad otra del mismo tribunal, se limita a determinar la falta de legitimación de la entidad que inició los procedimientos judiciales que concluyeron con la promulgación de sentencias contrarias a las tesis del Gobierno. El TSJA no ha dicho ni una sola palabra acerca del objeto de la controversia. En realidad, se desconoce cuál es su tesis jurídica a este respecto.

Y ello porque el TSJA tan sólo advierte de que la FSP-UGT no estaba capacitada para plantear la controversia ante los tribunales. Y como, a juicio del tribunal, no podía hacerlo, las consideraciones posteriores de los juzgados de lo Contencioso-Administrativo y las sentencias que éstas alumbraron resultan, consecuentemente, irrelevantes.

En resumen, los únicos informes jurídicos elaborados hasta la fecha sobre la competencia de la Ciudad para formalizar estos nombramientos son aquéllos que, precisamente, niegan al Gobierno tal capacidad.

¿Cuál es, por tanto, el escenario actual? Tenemos, por un lado, un conjunto de sentencias contrarias a la Ciudad que el TSJA dejará sin efecto al considerar que quien promovió los correspondientes procesos no tenía legitimación para hacerlo. Por otro, encontramos a un Gobierno local aliviado por el celo del tribunal y sosegado ante la evidencia de que la controversia principal –esto es, si cometió o no una ilegalidad- jamás se solventará en una sala de vistas, al menos en el orden contencioso-administrativo.

Las sentencias de los jueces de Ceuta han dejado de constituir un problema para el Gobierno, aunque las dudas sobre la conducta de éste persisten.

Y ante tanta estéril empresa, una pregunta: ¿por qué ha de ser un sindicato el promotor de unos procedimientos judiciales que señalan un comportamiento presuntamente abusivo del poder político? ¿Dónde estaban –dónde están- los partidos de la oposición?