UGT anuncia protesta por retraso en el pago de salarios a profesores de la concertada

A pesar de los retrasos, los pagos a los docentes de los colegios concertados están comenzando a realizarse, cumpliendo con la ley

Colegio San Agustín
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Los profesores de las escuelas concertadas de Ceuta y Melilla han experimentado lo que muchos trabajadores del sector privado sufren cuando sus nóminas se retrasan. Aunque este retraso no constituye un impago, según fuentes consultadas por este medio, los docentes cuyas nóminas están domiciliadas en la entidad bancaria con la que opera el Ministerio de Educación (BBV) ya han comenzado a recibir sus salarios. Todo indica que, al igual que sucede en cualquier empresa, el resto de educadores, cuyas nóminas están domiciliadas en diferentes entidades bancarias, verán depositados sus sueldos durante la jornada de este martes.

Es importante señalar que la Administración no ha incumplido con la ley, ya que el día cinco de cada mes es la fecha límite legal para que abone los salarios. Aunque los profesores de la enseñanza concertada normalmente reciben sus emolumentos al mismo tiempo que sus colegas de la enseñanza pública, esto no es una obligación del Ministerio.

En el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, se establecen los módulos económicos a los que los centros educativos tienen acceso al suscribir un contrato con la administración. Estos módulos se dividen en tres categorías, asegurando que la enseñanza se imparta en condiciones de gratuidad, como lo establece la normativa.

Uno de estos módulos se refiere a las cantidades salariales del personal docente, incluyendo las cotizaciones por cuota patronal a la seguridad social correspondientes a los titulares de los centros. Aunque el empleador es el centro educativo, la administración siempre será la encargada de abonar los salarios a través del sistema de pago delegado por parte de la empresa. Además, la Administración asumirá las alteraciones en los salarios del profesorado derivadas de convenios colectivos, siempre que no superen el porcentaje del incremento global de las cantidades salariales establecido en el artículo 49.6 de la Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación.

Este régimen de concierto implica que la Administración abonará directamente, de manera mensual, las retribuciones correspondientes al personal docente de los centros privados concertados. El Real Decreto 2377/1985 establece en su artículo 34.1: “La Administración abonará mensualmente los salarios al profesorado de los centros concertados como pago delegado y en nombre de la entidad titular del centro”.

Ante la demora en el pago de nóminas, UGT ha anunciado que los delegados de todos los centros educativos concertados de Ceuta se concentrarán frente a la Dirección Provincial del MEFPyD al mediodía de mañana para protestar por el impago de los salarios de los trabajadores de dichos centros.