El TSJA ratifica la absolución de un hombre acusado de sustraer un pagaré

El fallo confirma una sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta. El recurrente alegaba un error en la apreciación de la prueba y reclamaba la repetición del juicio.

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photo_camera Sede del TSJA (C.A./ARCHIVO)

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia dictada por la Audiencia Provincial en 2022 que absolvía a un trabajador de apropiarse de un pagaré de 25.000 euros de la empresa Azúcares de Ceuta. El fallo de la Audiencia Provincial, ahora ratificado por el TSJA, consideró que no había quedado probado que el acusado se apoderase del pagaré o lo manipulase en modo alguno.

La sentencia fue recurrida en apelación por el denunciante, cuya representación legal alegó un error en la apreciación de la prueba y reclamó la repetición del juicio.

La resolución del TSJA considera que el recurso de apelación se sustenta solo en la credibilidad que el recurrente atribuye a su versión inculpatoria acerca de que Abdelilah S., el acusado, fue el autor de la sustracción y de la presentación al cambio del pagaré. El recurso aducía que el denunciante no pudo impugnar el audio de una conversación que mantuvo con Abdelilah S. ni el uso de otras conversaciones entabladas vía Whatsapp. El TSJA considera en su sentencia, por el contrario, que la Audiencia Provincial no vulneró el derecho a la tutela efectiva del apelante.

«En conclusión, la valoración probatoria que conduce al tribunal a quo a la conclusión absolutoria puede ser tan cuestionable como quiera la acusación particular o el Ministerio Público, pero en ella no hay asomo de irracionalidad, arbitrariedad o error patente, ni probatorio ni jurídico», concluye la Sala.