Tránsito de productos alimenticios hacia Marruecos

El ‘régimen de viajeros’, en vigor desde el pasado 17 de mayo

Las nuevas restricciones en la entrada de mercancías desde Marruecos que ha anunciado Melilla se llevan aplicando en Ceuta desde que reabrió la frontera.

Paso fronterizo del Tarajal
photo_camera Delegación de Gobierno insisten que en Tarajal se está aplicando el ‘régimen de viajeros’.

Tras el anuncio por parte de la Delegación de Gobierno de Melilla de la aplicación de restricciones en el paso de mercancías por su paso fronterizo de Beni-Enzar, a partir del próximo 8 de junio, la Delegación de Gobierno de Ceuta ha señalado que las medidas anunciadas por Sabrina Moh, se llevan aplicando en el paso del Tarajal desde el mismo momento que se reabrió la frontera con Marruecos, el pasado 17 de mayo.

Desde la Plaza de los Reyes insisten en que se está aplicando el ‘régimen de viajeros’ que siempre ha existido, y que el paso de mercancías por el paso fronterizo se ciñe a “cuestiones establecidas” y en algunos casos se aplican “medidas razonables” pero sólo en determinados productos, aseguran en Delegación de Gobierno.

Hay que tener en cuenta que el ‘régimen de viajeros’ pasó a ser porteo, un comercio ilegal que tanto el Gobierno de España como el de Marruecos rechazan.

Siguiendo la normativa aduanera española, se aplica el “sentido común”. Por ejemplo, no se permite el paso de productos lácteos, pero desde Delegación informan que si en un vehículo, que pretenda cruzar la frontera, viaja un lactante, se entiende que la leche en polvo, específica como sustitutivo de la leche materna, es “un producto necesario para la alimentación de un bebe". Idéntica situación es la que se aplica en el caso de las mascotas. Se permite el paso del perímetro fronterizo con alimentos para consumo de animales de compañía, si se viaja con ellos. En ambos caso, se aplica la lógica. “No se permitirá el paso de un envase de 50 kilos”, aseguran en Delegación de Gobierno.

Los límites en el paso de  productos alimenticios con los que se puede cruzar el paso fronterizo se establecen del siguiente modo.

  • Hasta 2 kilos de hierbas y plantas aromáticas, condimentos y especias, infusiones y complementos alimentarios.
  • Hasta 5 kilos de productos compuesto, que no contengan productos cárnicos, ni lácteos, ni derivados de calostros y que sean estables a temperatura ambiente (que no necesiten refrigeración), tales como pan, pasteles, galletas, o aceites entre otras, siempre y cuando no tengan rellenos cárnicos o lácteos.
  • Hasta 10 de vegetales y frutas.

Todos estos limites en las cantidades se aplican por vehículo y no por persona. Hay que recordar que esta es la norma es la que se aplica en el lado español de la frontera.