Según el Acuerdo Regulador y Convenio Colectivo de la Ciudad Autónoma

Los empleados públicos de la Ciudad ya disfrutan del horario de verano: de 8.00 a 14.00 horas

Durante las Fiestas Patronales, el horario es de 10.00 a 14.00, tres horas menos de lo habitual. 
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photo_camera Ciudad Autónoma

Durante la época de verano, que abarca los meses de junio, julio, agosto y septiembre, se reduce la jornada en una hora diaria, que se hace efectiva, con carácter general, a la salida. Lo dice el Acuerdo Regulador y Convenio Colectivo de los Funcionarios y Personal Laboral de la Ciudad de Ceuta, que data de 2005. 

Los servicios y centros que realicen prestaciones de obligado cumplimiento o interés general que no permitan la reducción en el horario de la prestación del servicio, disfrutarán de la reducción de la jornada de trabajo a la que se refiere el presente apartado en la forma que se determine por el responsable del servicio con autorización previa por el órgano competente en materia de personal, de manera que el servicio quede cubierto en todo momento.

Dicha organización de horarios reducido se deberá comunicar al órgano competente antes del 30 de abril de cada año en orden a su estudio y posterior autorización, previa consulta con la representación sindical.

Durante las Fiestas Patronales la reducción de la jornada será de tres horas diarias, haciéndose efectiva dos horas a la entrada y una a la salida con carácter general y sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente para los servicios y centros que realicen prestaciones de obligado cumplimiento o interés general. Los servicios que se presten en régimen de jornada partida, rotatoria o especial, adaptarán a sus respectivos horarios la reducción de jornada previo informe de la Jefatura del Servicio.