El Supremo avala la decisión de una empresa de seguridad de obligar a sus vigilantes a llevar corbata

La resolución estima que la empresa puede adoptar esa decisión, que considera adecuada a las condiciones de trabajo pues solo afecta a los vigilantes que prestan servicio de cara al público en un centro comercial con aire acondicionado

vigilante seguridad

La Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada contra una sentencia de la Audiencia Nacional que avalaba la decisión de una empresa de obligar a su personal a vestir corbata. La resolución del Supremo considera que la empresa, Sicor Seguridad El Corte Ingles S.L., está facultada para adoptar esa decisión, que considera no atenta contra la dignidad de los trabajadores y resulta adecuada a las condiciones de trabajo pues solo afecta a los vigilantes que prestan servicio de cara al público en las dependencias de un centro comercial que dispone de aire acondicionado. La exigencia de llevar corbata no se extendía a otros puestos de trabajo diferentes.

La resolución se remite a la ley, que atribuye a la empresa la competencia para decidir sobre el uniforme de los vigilantes de seguridad teniendo en cuenta su adecuación a las condiciones de trabajo, la estación del año y otras posibles circunstancias de orden funcional, laboral o personal, así como la dignidad de los trabajadores y la igualdad por razón de sexo.

Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada presentó una acción judicial contra la medida de la dirección de la empresa de forzar a sus vigilantes a llevar corbata en verano, una alegación que, con la resolución del Supremo, ha sido ahora definitivamente desestimada.