Un ceutí logra que un juez le permita cancelar sus deudas para comenzar de nuevo

El Juzgado de Instrucción nº 3 reconoce en este caso la exoneración del pasivo insatisfecho, una mecanismo recogido en la Ley de Segunda Oportunidad. El beneficiado acumulaba una deuda de 101.000 euros.

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photo_camera Sede del Palacio de Justicia (C.A./ARCHIVO)

El Juzgado de Instrucción nº 3 de Ceuta ha dictado un auto por el que reconoce a un particular la posibilidad de cancelar la totalidad de las deudas pendientes al concederle el beneficio de la exoneración del pasivo instatisecho, una mecanismo introducido por la Ley de Segunda Oportunidad.

El beneficiado había acumulado deudas por valor de 101.000 euros a las que no pudo hacer frente. Según detalla el despacho «Repara tus deudas», que ha ejercido la representación del solicitante de la exoneración, el hombre había cerrado un préstamo para afrontar la compra de un vehículo para su trabajo, obligada por el nacimiento de un nuevo hijo, y el gasto derivado de la adquisición de enseres para el bebé. Años más tarde, se separó y hubo de afrontar los costes del procedimiento, para lo cual suscribió un nuevo crédito.

Tras perder su trabajo, encadenó una nueva serie de préstamos para salir adelante que le llevaron a una situación en la que se halló cargando con una deuda de más de 100.000 euros y la imposiiblidad de hacerle frente.

La Ley de Segunda Oportunidad prevé la denominada exoneración del pasivo insatisfecho, con la se alivian las situaciones de sobreendeudamiento de particulares y autónomos que se enfrentan a pagos imposibles de asumir..

Esta legislación permite a particulares y autónomos quedar exonerados de sus deudas si cumplen una serie de requisitos. En líneas generales, es suficiente con que el importe de la deuda no supere los 5 millones de euros, que actúen en todo momento de buena fe y que no hayan sido condenados por delitos socioeconómicos en los diez años anteriores.

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