La Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado este viernes en el BOCCE el Plan Anual de Aprovechamiento Cinegético para la temporada 2025-2026, un documento que regula la práctica de la caza en los terrenos controlados y que establece la concesión de 29 autorizaciones para cazadores ajenos a la entidad gestora, a un precio de 400 euros cada una. Las licencias se adjudicarán por orden de solicitud, hasta agotar el cupo.
Consulta aquí el decreto del BOCCE de 17 de octubre
El plan, elaborado por el ingeniero técnico forestal Pedro M. Álvarez Aguilar y remitido por la Sociedad de Cazadores, Pescadores y Silvestristas de Ceuta, gestora del área cinegética desde 2016, contempla las modalidades, cupos y normas aplicables durante la nueva temporada.
Suspensión temporal por foco de rabia
La entrada en vigor del plan se encuentra suspendida temporalmente debido al foco de rabia declarado el pasado 24 de septiembre por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales. La medida, publicada en el BOCCE, incluye la suspensión cautelar de las actividades cinegéticas durante 30 días naturales, conforme al artículo 8.f de la Ley de Sanidad Animal, con el objetivo de prevenir la propagación de enfermedades.
Aprobación condicionada y control técnico
La Consejería de Medio Ambiente ha dejado claro que la eficacia del decreto solo se producirá cuando se levante la suspensión sanitaria. Hasta entonces, las fechas de apertura de la temporada de caza permanecerán aplazadas, aunque se mantiene la fecha de cierre original.
Los servicios técnicos de Obimasa emitieron un informe favorable el pasado 25 de septiembre, validando el contenido del plan tras revisar la documentación presentada por la sociedad gestora.
Permisos, pagos y requisitos
Los 29 permisos se concederán exclusivamente a cazadores ajenos a la entidad gestora. Cada autorización tendrá un coste de 400 euros, que deberá ingresarse en la cuenta oficial de la Sociedad Gestora (CaixaBank). Los interesados deberán presentar el justificante de pago antes de obtener la autorización definitiva.
Competencias locales y protección ambiental
La aprobación del plan se fundamenta en el artículo 22 del Estatuto de Autonomía de Ceuta, que otorga a la ciudad competencias en gestión medioambiental y conservación de la fauna silvestre. El Real Decreto 2493/1996 refuerza estas atribuciones, equiparando a Ceuta con las comunidades autónomas en materia de conservación de espacios naturales.
El decreto recuerda que cualquier repoblación cinegética, control de daños o campeonato deberá contar con autorización expresa de la Consejería de Medio Ambiente, garantizando así el cumplimiento de las normas de protección animal y equilibrio ecológico.
Además, se establece la obligación de presentar un nuevo Plan de Aprovechamiento cada año, al menos dos meses antes de la apertura de la veda general, para asegurar el seguimiento técnico y administrativo de la actividad cinegética.