La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido a nueve la pena de once años y tres meses que la Audiencia Provincial impuso a un individuo que apuñaló a un hombre cuando paseaba junto a dos sobrinos de cuatro y cinco años en las proximidades del Centro de Estancia Temporal (CETI). Los hechos se produjeron el 28 de septiembre de 2017. En torno a las ocho de la tarde, la víctima caminaba por la zona cercana al pantano junto a los pequeños cuando, sin previo aviso, el acusado Meki T.A., un español de 51 años, le atacó por la espalda y le apuñaló. A consecuencias de las graves heridas recibidas, el hombre hubo de ser asistido en situación de riesgo. La víctima tardó en curar más de dos meses.
La Sala ha estimado solo uno de los tres motivos de impugnación esgrimidos por la defensa. El Tribunal considera que la sintomatología mostrada por el agresor resulta compatible con las características de un trastorno de personalidad, por lo que estima que es de aplicación la eximente de alteración psíquica. El fallo también reduce la indemnización a la que debe hacer frente el condenado fijándola en 18.050 euros frente a los 32.033 recogidos en la sentencia de la Audiencia.