Entran en vigor las nuevas medidas para mejorar la compatibilidad de la pensión con el trabajo

La jubilación activa, demorada y parcial se flexibilizan para ofrecer transiciones más progresivas y adaptadas a las necesidades de los trabajadores
Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, durante su intervención. Pool Moncloa/José Manuel Álvarez
photo_camera Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, durante su intervención. Pool Moncloa/José Manuel Álvarez

A partir del próximo 1 de abril, entrarán en vigor las nuevas medidas aprobadas por el Gobierno para mejorar la compatibilidad de la pensión con el trabajo, tras el acuerdo con patronal y sindicatos. El Real Decreto-ley 11/2024, aprobado el 23 de diciembre, introduce cambios en la jubilación activa, demorada y parcial, permitiendo una transición más flexible y progresiva hacia la jubilación, alineada con los modelos de otros países europeos.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha destacado que estas medidas buscan "facilitar a los trabajadores que el tránsito hacia su jubilación tenga la suficiente flexibilidad para adaptarse a las condiciones y situaciones de cada uno de ellos". A partir de ahora, los trabajadores podrán acceder a modalidades de jubilación más adaptadas a sus circunstancias, sin necesidad de realizar una transición abrupta al dejar el mercado laboral.

Uno de los aspectos más destacados es la mejora de la jubilación activa, que elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa. Esta medida tendrá un impacto especialmente positivo en los colectivos con trayectorias laborales intermitentes, como el caso de muchas mujeres que, debido a responsabilidades familiares, han tenido carreras de cotización más cortas. Además, la jubilación activa permitirá que, por cada año adicional que se compatibilice trabajo y pensión, el porcentaje a percibir de la pensión aumente de manera progresiva, hasta llegar al 100% en caso de demora de cinco años o más.

La jubilación demorada también se ve beneficiada con un nuevo incentivo: los trabajadores podrán recibir un 2% adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año, mejorando los incentivos previos, que solo contemplaban un aumento por cada doce meses de demora.

Por último, la jubilación parcial experimenta una ampliación de dos a tres años en la posibilidad de anticipar el acceso a la jubilación, siempre con ajustes en la reducción de jornada. Asimismo, se refuerzan las condiciones del trabajador relevista, que deberá ser contratado de forma indefinida y a tiempo completo.

Los ciudadanos interesados en acogerse a alguna de estas modalidades podrán solicitarlo a través de los canales habilitados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), tanto de forma presencial como telemática. Para más información, el INSS ofrece atención telefónica y la posibilidad de solicitar cita previa.