En el BOE de este viernes se incluye la orden ministerial que supone el inicio de la campaña de declaración de la renta del ejercicio 2021. El arranque, este año, será el 6 de abril, también para el impuesto de patrimonio. A partir de ese día se podrá consultar el borrador de declaración, y modificar o presentar tal cual este último, así como presentar la declaración de la renta completa por internet. El plazo estará abierto hasta el 30 de junio, inclusive, aunque, si sale a pagar y se domicilia el primer plazo fraccionado, el límite se acorta al día 27.
Las declaraciones de la renta y presentación y modificación de borradores se podrán presentar con ayuda también por teléfono o en las oficinas. En ese caso, es necesario pedir cita a partir del 3 de mayo para atención telefónica y del 26 para cita presencial.
Están obligadas a presentar la declaración todas aquellas personas cuyos rendimientos del trabajo superen los 22.000 euros anuales, si son de un único pagador, o los siguientes no superan los 1.500 euros, o se trata de pensiones y similares. Si no, el límite de ingresos está en 14.000 euros.
Así mismo las personas titulares del ingreso mínimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligados a presentar anualmente declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la no presentación de la misma puede suponer la pérdida del ingreso.