El Consejo de Ministros aprueba una subida del 0,5% para los empleados públicos

Esta subida se ejecuta en cumplimiento de la ley de Presupuestos Generales del Estado 2023, que recoge dicha posibilidad cuando la suma del IPC Armonizado (IPCA) de 2022 y del dato de IPC adelantado del mes de septiembre de 2023 fuera superior al 6%.

funcionario trabajador público

El Gobierno ha aprobado este martes el incremento retributivo del 0,5% para el conjunto de empleados de las Administraciones Públicas recogido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2023 como fórmula para compensar la pérdida de poder adquisitivo por la inflación. Esta alza salarial se produce por la situación del Índice de Precios al Consumo Armonizado (IPCA), según los datos comunicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE). La misma tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023 y se empezará a percibir en la nómina del mes de octubre, cumpliendo así con lo pactado entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y las organizaciones sindicales en el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI.

Este incremento retributivo se ejecuta por cumplirse lo establecido en la ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiente a 2023, que recoge dicha posibilidad cuando la suma del IPC Armonizado (IPCA) de 2022 y del dato de IPC adelantado por el INE del mes de septiembre de 2023 fuera superior al 6%. En el primer caso, el IPCA de 2022 fue del 5,5%, mientras que el segundo ha alcanzado el 3,2%. Esto da como resultado un porcentaje del 8,7%, lo que mandata a llevar a cabo esa subida de medio punto.

La subida beneficiará a cerca de 3,5 millones de personas que desempeñan su labor para las Administraciones Públicas. La mayoría de ellas trabajan para las comunidades autónomas, que ocupa a casi el 60% de todo el personal que trabaja para el Estado. A estas le siguen por número de personal las entidades locales y la Administración Central. La inversión para aplicar la medida será de 791 millones de euros, con una media de incremento de 180 euros en la nómina anual.

En 2020, año del coronavirus, el alza salarial para los empleados públicos fue del 2%, mientras que en 2022 se alcanzó una subida del 3,5%, tras el acuerdo firmado por Gobierno y sindicatos.

Está previsto que en 2024 se ejcute una actualización de retribuciones del 2% de manera fija y se establecerá un 0,5% opcional vinculado al IPCA, tal y como ha sucedido ahora.

Según el Gobierno, para entonces, el alza total en el periodo 2022-2024 habrá superado el 8%, pudiendo alcanzar el 9,5% en esos años, en función de las variables contempladas en las cláusulas de revisión.

 

Actualización del régimen retributivo en la Justicia

El Consejo de Ministros también ha abordado este martes la actualización del régimen retributivo en la Administración de Justicia. Jueces, fiscales y letrados de la Administración de Justicia verán incrementadas sus retribuciones con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2023 tras los acuerdos alcanzados con las asociaciones judiciales y los sindicatos durante este año.  

En lo referido a jueces y fiscales, se aprueba la actualización del complemento de destino por representación, que será de entre 440 y 450 euros mensuales en función del órgano y el destino de los profesionales. Esto se ejecutará de forma gradual entre 2023 y 2024, abonando un 40% con efectos a 1 de enero de 2023, otro 40% a partir del 1 de enero de 2024, y el restante 20% tendrá efecto desde el 1 de julio de 2024. Un incremento salarial realizado en base a lo recogido en la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal.

En cuanto a las retribuciones de letrados de la Administración de Justicia, se aplicará un complemento específico transitorio de 430 euros mensuales en el año 2023. Este se devengará de manera progresiva con efectos a 1 de enero de 2023, a partir del 1 de enero de 2024 y, por último, desde el 1 de julio de 2024. Para llevar a cabo el alza salarial, se modifican tanto el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, y el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Todas estas actualizaciones tienen carácter no absorbible por otros conceptos retributivos, y serán compatibles con otros incrementos que puedan recogerse en futuras leyes de Presupuestos Generales.

Entrando en la página solicitada Saltar publicidad