recursos contra el fallo

"¿No es esto una intimidación?", pregunta la víctima de La Manada

El recurso de la joven que fue víctima de un delito sexual en Pamplona plantea las incongruencias entre hechos probados y fallo final.

Sanfermines
photo_camera Los condenados por abusos sexuales en Sanfermines (E.D.)

Estrella Digital

Los abogados de la víctima de la manada en Pamplona así como las acusaciones han presentado ya sus recursos. El letrado de la joven ha presentado un elocuente escrito en el que muestra la incongruencia entre los hechos probados descritos en la sentencia, que a su juicio son distintivos de un delito de agresión sexual, y el fallo que sólo apreció un delito menor, abuso sexual.

El recurso de la víctima muestra los siguientes hitos en  su relato: 

"Los procesados de este modo, crearon una "atmósfera coactiva"(la negrita, es nuestra) "·(página 102)

"....en el lugar descrito, con una sola salida, rodeada por cinco varones, de edades muy superiores y fuerte complexión....." "·(página 102).

Y nos preguntamos: Todo esto, ¿no refleja acaso una intimidación implícita"

"......hallándose en esa situación, notó como le desabrochaban la riñonera que la llevaba cruzada, como le quitaban el sujetador sin tirantes abriendo un clip y le desabrochaban el jersey que tenía atado a la cintura..." (páginas 103 y 104). Pues bien, nos parece evidente que la denunciante tenía que estar totalmente intimidada para soportar todo esto sin oponer la mínima resistencia, y que no contaba con ninguna otra alternativa a la que finalmente adoptó.

Continúa la sentencia, página 104, estableciendo que ella "....experimentó una sensación de angustia, incrementada cuando.... otro de los procesados le cogía de la cadera y le bajaba los leggins y el tanga". Y nos preguntamos: ¿No es esto sentirse intimidada? ¿La sensación de angustia no se produce a resultas de una intimidación?

Y en la página 105, leemos: "....la denunciante está agazapada, acorralada contra la pared por dos de los procesados y gritando (la negrita, es nuestra"). Esto, según la sentencia, ¿no denota intimidación?

El Gobierno de Navarra,  por su parte, ha presentado hoy un recurso de apelación en el que solicita la revocación de la sentencia de La Manada y pide la condena de los cinco acusados por delitos continuados de agresión sexual con penetración o violación, contra la intimidad y, de robo con violencia o intimidación.

En el recurso, ha informado el Gobierno de Navarra, se alega que los hechos ocurridos en los Sanfermines de 2016 son constitutivos de cinco delitos continuados de agresión sexual y no de cinco delitos continuados de abuso sexual, como se falló en la sentencia, razón por la que se solicita la revocación de la misma.

Por la agresión sexual, el Gobierno de Navarra solicita para los acusados la pena de 18 años y 9 meses de prisión, libertad vigilada durante 10 años, que se ejecutaría con posterioridad y prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros, así como prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante 20 años.

Como pena accesoria, se pide la inhabilitación absoluta de todos los acusados durante el tiempo de la condena.

Asimismo, se alega que existió un delito de robo con violencia o intimidación y no de un delito leve de hurto, por lo que se solicita la condena de los cinco acusados, uno de ellos como autor material y el resto como cooperadores necesarios.

Por este supuesto delito se pide para ellos la pena de tres años de prisión, más la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y la de suspensión de empleo o cargo público durante el tiempo de la condena para dos de los acusados.

Finalmente, se alega la existencia de un delito contra la intimidad y se solicita por ello penas de tres años y tres meses de prisión, y multa de 21 meses con una cuota diaria de 9 euros para cuatro de ellos y de 15 euros para otro, y como penas accesorias, la de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y la de suspensión de empleo o cargo público para dos de los acusados.

También ha presentado esta mañana el recurso a la sentencia el abogado de la víctima, Carlos Bacaicoa, y el Ayuntamiento de Pamplona tiene previsto hacerlo asimismo hoy, al igual que Jesús Pérez Pérez, abogado de uno de los acusados, quien ha señalado a Efe que registrará hoy el recurso de apelación.

Por su parte, el abogado Agustín Martínez Becerra, que representa a cuatro de los cinco procesados, ha comentado a Efe que presentará el recurso mañana.

La Fiscalía ya presentó la semana pasada su recurso de apelación, que al igual que los anteriores serán resueltos por la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, presidida por Joaquín Galve -presidente a su vez del TSJN- y formada por cinco magistrados.

El fallo que condenó a cada uno de los cinco integrantes de La Manada a nueve años de cárcel por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento y no por agresión sexual, al no apreciar violencia contra la joven, se conoció el pasado 26 de abril, momento en el que todas las partes anunciaron la presentación de recursos. 

El Gobierno de Navarra, por su parte, ha presentado un recurso de apelación en el que solicita la revocación de la sentencia de La Manada y pide la condena de los cinco acusados por delitos continuados de agresión sexual con penetración o violación, contra la intimidad y, de robo con violencia o intimidación.

En el recurso, ha informado el Gobierno de Navarra, se alega que los hechos ocurridos en los Sanfermines de 2016 son constitutivos de cinco delitos continuados de agresión sexual y no de cinco delitos continuados de abuso sexual, como se falló en la sentencia, razón por la que se solicita la revocación de la misma.

Por la agresión sexual, el Gobierno de Navarra solicita para los acusados la pena de 18 años y 9 meses de prisión, libertad vigilada durante 10 años, que se ejecutaría con posterioridad y prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros, así como prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante 20 años.

Como pena accesoria, se pide la inhabilitación absoluta de todos los acusados durante el tiempo de la condena.

Asimismo, se alega que existió un delito de robo con violencia o intimidación y no de un delito leve de hurto, por lo que se solicita la condena de los cinco acusados, uno de ellos como autor material y el resto como cooperadores necesarios.

¿No es esto sentirse intimidada? ¿La sensación de angustia no se produce a resultas de una intimidación?

Y en la página 105, leemos: "....la denunciante está agazapada, acorralada contra la pared por dos de los procesados y gritando (la negrita, es nuestra"). Esto, según la sentencia, ¿no denota intimidación?