El Gobierno debió desarmar al asesino de Parque Ceuta: Su "desidia absoluta" cuesta también euros

Los jueces no reparan en críticas a la absoluta falta de control del Ejecutivo local, que, entienden, debió quitar el arma a Alonso González, quien aquejado de enfermedades mentales acabó matando con la pistola reglamentaria a su esposa

 

 Consejo de Gobierno / Ciudad de Ceuta
photo_camera Consejo de Gobierno / Ciudad de Ceuta

Tenían que haberle quitado el arma, pero el Gobierno local y su nefasta gestión llevaron a que no se le realizaran los controles psiquiátricos pertinentes y, como resultado, a que pudiera matar a su esposa en presencia de su hija menor de edad en su domicilio de Parques de Ceuta. La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz desplazada en Ceuta se suma a las críticas a la forma de hacer del Ejecutivo local en la sentencia por el asesinato de Mari Ángeles Lozano, a quien quitó la vida su marido, policía municipal, empleando el arma reglamentaria. Ahora, la Ciudad ha sido considerada responsable subsidiaria del pago de 875.000 euros de indemnización, lo que implica que si el condenado no puede abonar la cuantía, serán los impuestos de los vecinos los que sirvan para ello.

El jurado popular consideró al final de la vista oral celebrada en mayo de este año a Alonso Miguel González responsable de cuatro delitos. Uno de asesinato, otro de maltratos habituales y dos de lesiones, unas físicas y otras contra la integridad moral. Este miércoles al fin la sentencia ha visto la luz, condenando al hombre a 35 años y medio de prisión y al abono de la citada cantidad en concepto de responsabilidad civil a los hijos y familiares de la fallecida.

La Ciudad Autónoma aparece en el fallo como responsable civil subsidiaria, decisión que el tribunal justifica ampliamente no escatimando en reproches a la gestión del Gobierno.

Un momento de la vista por el asesinato de Parques de Ceuta
Un momento de la vista por el asesinato de Parques de Ceuta

Una larga lista de despropósitos

Primero, en el capítulo de hechos probados, la resolución recoge que "el servicio de Riesgos Laborales de la Ciudad Autónoma de Ceuta realizaba controles de salud sociolaboral periódicamente al menos hasta el año 2019, basadas en una encuesta en la que la información se proporcionaba por los mismos trabajadores". Es decir, sin un diagnóstico médico, ni siquiera en el caso de este hombre, al que ya habían retirado la pistola en dos ocasiones, en 2001 y 2007, "por consecuencia de episodios de ansiedad".

Más adelante en el texto, los jueces hacen constar que el Ministerio Fiscal solicitó que se declarara la responsabilidad conjunta y solidaria de ambos (acusado y Ciudad Autónoma), basándose en que "el Ayuntamiento descuidó la vigilancia sobre el acusado, que no fue sometido a controles médicos ni psicológicos en los últimos años, a pesar de conocer de sus problemas mentales, como consecuencia de los cuales tuvo retirada el arma en una ocasión anterior". 

En esa línea se pronuncia la propia Sección Sexta, para la que durante el juicio quedó "acreditado efectivamente la deficiente actuación de la Ciudad y el nulo control ejercido sobre los miembros de la Policía Local, portadores del arma reglamentaria con el plus de peligrosidad que ello comporta si se use indebidamente o en situaciones no controladas". 

Incide el tribunal de magistrados en que, de las testificales de los doctores responsables del servicio de prevención de riesgos laborales, del director general de recursos humanos y del superintendente del cuerpo municipal, "es posible concluir la inexistencia de controles sobre los miembros de la Policía Local en los últimos años". 

El señalamiento al Gobierno continúa por parte de los jueces según se avanza en la lectura de la resolución y de manera cada vez más severa. Hablan de "las inadecuadas fórmulas para controlar la salud física y mental de los agentes al estar basadas en la propia información facilitada por los interesados"; también de "la falta de control en el momento de los hechos sobre las armas facilitadas a los policías locales en su cometido, dado que no tienen obligación de depositarlas en el armero que hoy día existe, aunque no estaba habilitado en el momento de lo ocurrido". 

También afean "la imprudencia que supone mantener a un policía local en un destino unipersonal sin asistencia de compañero alguno, como lo era el Mercado de Hadú (donde trabajaba Alonso González) a pesar de conocer, si no su enfermedad mental, que él mismo se ocupó de mantener oculta, su carácter conflictivo y sus anteriores antecedentes que llevaron incluso a la retirada temporal del arma". Para rematar, subrayan "la absoluta desidia existente en este extremo por parte de los mandos de la Policía Local de Ceuta y los órganos correspondientes de la Administración local a pesar del  riesgo que conlleva el porte de armas agravado, en este supuesto, por los antecedes conductuales del acusado".

No compran la versión del abogado municipal

El abogado de la Ciudad trató de esgrimir durante el juicio un acuerdo estatal que limita la responsabilidad de la Administración sobre los daños que un agente pueda causar con el arma reglamentaria. Un argumentario que no caló entre los magistrados: "En este caso existen datos más que concluyentes de que el arma debía haber sido retirada de la posesión del agente acusado por carencia de las condiciones adecuadas para su posesión, lo que no se efectúo en el supuesto examinado ante la falta de los más mínimos controles necesarios y la dejadez voluntaria del deber de cuidado que le competía a la Ciudad Autónoma respecto de los agentes de la policía local a su servicio y bajo su responsabilidad", zanja la sentencia.

 Coche policia local en gran via (3)
Coche de la Policía Local frente a la Asamblea.

Negligencias continuas con la Policía Local y su coste para el ciudadano

El historial del actual gobierno -con siglas del PP desde hace 25 años- en el control de sus hombres armados es largo y negativo, costando dinero del contribuyente a modo de indemnizaciones. Desde sentencias condenatorias por retirar el sueldo a un policía que estaba enfermo, hasta integrantes implicados en casos de blanqueo del narcotráfico.

También ha acabado condenado recientemente un agente que según el juzgado se inventó una multa, y dos compañeros de la Unidad de Intervención Rápida (UIR) por un delito de lesiones. Este caso evidencia aún más si cabe que la dejadez de la Ciudad con estos casos no es algo nuevo, pues se llegó a sentar en el banquillo al ex consejero de Gobernación, Jacob Hachuel, por no aplicarles expediente disciplinario.