Penas de 8 y 9 años para siete narcos que utilizaban un entramado empresarial para introducir cocaína por Algeciras

El 11 de noviembre de 2020, las fuerzas de seguridad intervinieron en el puerto de Algeciras un contenedor que transportaba 63 fardos de arpillera con dos toneladas de cocaína valorada en casi 68 millones de euros

Instalaciones del puerto de Algeciras (APBA)
photo_camera Instalaciones del puerto de Algeciras (APBA)

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial, con sede en Algeciras, ha impuesto condenas de entre ocho años y nueve años y nueve meses de cárcel a siete personas acusadas de crear una estructura empresarial para emboscar la introducción de grandes alijos de cocaína procedente de Sudamérica a través del puerto de la capital campogibraltareña.

La sentencia impone a una de las acusadas nueve años y nueve meses de prisión y el pago de sendas multas de 150 y 120 millones de euros, respectivamente, por un delito contra la salud pública con la agravante de «notoria importancia» y de «uso de comercio internacional». Asimismo, condena a un segundo acusado a nueve años y tres meses de cárcel y las mismas multas.

Otros cinco investigados han sido condenados por el mismo delito -con la atenuante de «reconocimiento tardío de los hechos»-, a ocho años de prisión y el pago de dos multas de 67.801.603 euros. Todos ellos reconocieron su participación en los hechos.

La resolución considera probado que el día 24 de febrero de 2020 llegaron a Barcelona tres contenedores de carbón vegetal con origen en una empresa de Paraguay con destino la empresa Pachekin S.L. Este envío se relacionó con la aprehensión poco más de un mes antes de 474 kilogramos de cocaína que llegó diluida en aceite industrial dentro de una partida de 96 bidones de otra empresa con sede en el mismo país sudamericano.

Pese a ser varias las empresas gestionadas con fines delictivos, solo pudo incautarse sustancia estupefaciente remitida a través de las importaciones realizadas por Pachekin S.L. en contenedores que fueron despachados en 2020. El 11 de noviembre de aquel año, las fuerzas de seguridad intervinieron en el puerto de Algeciras un contenedor importado por dicha empresa que transportaba 63 fardos de arpillera con un total de 2.065,66 kilogramos de cocaína valorada en 67.801.603 euros.

 

Estructura

Los investigadores desvelaron que estas dos empresas paraguayas eran, en realidad, una sola cuyo fin era introducir cocaína en España. La Audiencia considera probado que esta estructura estaba constituida por empresas aparentemente dedicadas a la importación de productos como el carbón vegetal, la sal o el arroz, con el propósito de «simular un comercio internacional lícito capaz de encubrir su objeto real: la introducción, dentro del trasiego de tales mercancías importadas, de grandes partidas de cocaína».

La sentencia detalla cómo la red actuaba para dar apariencia de legalidad a sus actividades: «Se procedía al desarrollo de las importaciones de productos, que luego eran transportados en contenedores, y una vez llegaban al puerto español, se realizaba toda la tramitación administrativa para su despacho aduanero». Los traficantes cumplían con todas las obligaciones de cualquier empresa: abono de los gastos, el alquiler de las naves donde guardar los pedidos, la expedición de las facturas o el cumplimiento de las obligaciones administrativas y fiscales correspondientes.

 

Testaferros

La Audiencia subraya que para el desarrollo de estas actividades se requería el concurso de personas con conocimientos de gestión administrativa y fiscal, perfil que concurría en la principal condenada. La organización utilizaba un testaferro como administrador tras el cual se ocultaba la identidad de las personas que verdaderamente dirigían las operaciones, una función que desempeñaban dos de los acusados.

La sentencia atribuye a la principal condenada funciones de gestión administrativa de las empresas, ocupándose del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras o del abono de gastos de tramitación de las importaciones realizadas. «Participaba en las distintas fases de la actividad de importación y en los movimientos de dinero necesarios para su funcionamiento, a la espera de la recepción de la sustancia estupefaciente a través de alguno de los pedidos», apostilla la resolución.

«Se pretendía dar una total apariencia de licitud empresarial, aparentando solvencia y ofreciendo confianza, con el fin de introducir de este modo con más seguridad determinadas partidas de cocaína ocultas en alguna de dichas importaciones», sostienen los magistrados. El dinero necesario para financiar estas operaciones provenía de las personas que ocupaban los escalones superiores de tal estructura. La organización trabajaba con ingresos fraccionados de dinero, muchos de los cuales eran realizados a través de cajeros por personas de la confianza de quienes financiaban. También, en otras ocasiones, el dinero era recogido en mano por alguno de los  miembros de la organización.

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