En jurisprudencia, solo los hechos probados constituyen verdad judicial. En el caso de la asesora del PSOE contra el presidente de la Gestora de los socialistas en Ceuta, Melchor León, el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ceuta ha decidido archivar la denuncia interpuesta por la asesora, quien acusaba al presidente de un posible delito de descubrimiento y revelación de secretos, según el artículo 197 del Código Penal. La denuncia se originó tras la difusión en un chat del partido de un parte médico por incapacidad temporal perteneciente a la trabajadora del Grupo Parlamentario Socialista.
El juez ha considerado acreditadas varias cuestiones fundamentales tras las declaraciones de la denunciante, el denunciado y los testigos. De estos hechos probados, destacan tres particularmente relevantes. El principal, que “era competencia de la Gestora resolver cuestiones como el despido” de uno de los trabajadores del Partido Socialista.
El eje de la denuncia de la asesora (M.A.M.) se basaba en que, en una reunión telemática de los miembros de la Gestora, se difundió en el grupo de WhatsApp la baja médica de la denunciante. Para el Juez ha quedado acreditado que ese hecho, la difusión del documento, “fue a requerimiento de una persona”, sin concretar cuál, con el motivo de decidir una cuestión laboral, en este caso, el despido de la asesora, por pérdida de confianza. Una decisión que entraba dentro de las competencias de la Gestora, como ha quedado reflejado en el sobreseimiento libre dictado por el Juez.
Otro hecho que da por probado el auto de archivo de la denuncia es que, en ningún momento, el presidente de la Gestora vulneró la intimidad de la denunciante al compartir el documento de la baja médica en el grupo de la Gestora, dado que el parte de baja no aportaba información sobre la causa de la misma, como ya adelantó Ceuta Actualidad. El auto de sobreseimiento libre cree "justificado" el análisis de ese documento en el grupo de WhatsApp de la Gestora del PSOE ya que la denunciante "dependía laboralmente" del partido y subraya que "los debates, deliberaciones y cuestiones a tratar dentro del grupo son reservados y secretos".
También ha quedado acreditado que era privado, para uso exclusivo de la Gestora como herramienta de trabajo de la misma.
Sobre la cuestión de la baja, al Juez le “sorprendió” que la denunciante respondiera a la preguntas de su letrada con claridad y no así a las del abogado de Melchor León, mostrando “confusión” incluso cuando se le mostró la captura de pantalla, que adjuntaba la denuncia, que supuestamente se había hecho del grupo de WhatsApp de la Gestora. El auto de sobreseimiento refiere a las reticencias de la denunciante para leer el documento en la sala. La asesora contestó al interrogatorio del letrado Daniel López, defensa de León, que no podía leerlo porque “no llevaba las gafas”, pero el Juez entiende que no quiso leer el documento, eje central de la cuestión, aportado por la misma denunciante en la denuncia ante la Policía Nacional.
Otro hecho que ha quedado confirmado, y como ya adelantó este medio, fue la diputada por el PSOE, Hikma Mohamed a quien “posteriormente compartió la captura” con la denunciante – su amiga- cuando la diputada ya había renunciado a su puesto en la Gestora.
El auto del archivo de la denuncia de la asesora hace referencia a quedado “justificado” que, en el momento de los hechos denunciados, no existía una buena relación entre las partes y que “curiosamente” se presenta el parte de baja médica cuando la Gestora iba a tratar el tema de su despido cuando “nunca había estado de baja” con anterioridad”, recordando que el parte de baja que se mostraba en la captura no mostraba el motivo de la incapacidad.
El auto concluye señalando que "la finalidad de haber subido el parte de baja ha quedado justificada, alejada de cualquier intención por parte del denunciado de causar un mal o un perjuicio a la denunciante, siendo puramente profesional, conducta desplegada como medio para resolver una cuestión laboral".



