Sanidad para españoles en el extranjero: así es la nueva cobertura durante sus estancias en España

El Real Decreto aprobado permite a los españoles de origen que viven en el extranjero y a sus familiares acceder a la sanidad pública durante sus estancias temporales en España, hasta seis meses al año

HUCE

Los españoles que hicieron las maletas —por trabajo, estudios o simplemente porque la vida les llevó lejos— podrán volver a casa sin la preocupación añadida de qué pasa si necesitan un médico. El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 180/2026, una reforma que amplía el acceso a la asistencia sanitaria pública durante las estancias temporales en España para quienes residen en el extranjero.

Hasta ahora, solo trabajadores y pensionistas tenían ese derecho. El resto quedaba en tierra de nadie. El propio documento lo reconoce: “hasta ahora solo los trabajadores y pensionistas españoles residentes en el exterior tenían reconocida la asistencia sanitaria durante sus desplazamientos a España”.

La novedad es clara: cualquier español de origen que viva fuera, aunque no trabaje ni cobre prestaciones, podrá ser atendido por el Sistema Nacional de Salud durante sus visitas. Y no solo ellos. La medida incluye también a sus familiares acompañantes: cónyuge o pareja de hecho, e hijos menores de 26 años —o mayores con discapacidad igual o superior al 65%—. El texto lo detalla así: “Se consideran familiares con derecho el cónyuge o pareja de hecho y los descendientes [...] menores de 26 años o mayores con discapacidad igual o superior al 65%”.

¿Cuánto tiempo cubre?

La cobertura no es indefinida. Se ajusta a la duración de la estancia declarada, con un máximo de tres meses, ampliables una sola vez por otros tres. En total, seis meses por año. El documento lo repite varias veces: “La asistencia sanitaria tendrá una vigencia equivalente a la estancia declarada, con un máximo de tres meses. El periodo total no podrá superar los seis meses por año”.

¿Y el papeleo?

El trámite lo gestionará el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Tendrá tres meses para responder. Si no lo hace, la solicitud se dará por aprobada gracias al silencio administrativo positivo. Así lo recoge la norma: “Transcurrido dicho plazo sin resolución, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo positivo”.

Una demanda histórica

La reforma llega para cubrir un vacío que afectaba a miles de españoles repartidos por el mundo. Muchos regresan cada verano, otros vuelven para cuidar a sus mayores o resolver asuntos familiares. Poder acudir a un centro de salud sin depender de seguros privados o trámites complicados era una reivindicación constante.

El Gobierno lo presenta como un paso hacia un sistema más cohesionado y universal. En palabras del documento: “Con esta reforma, el Gobierno garantiza que los españoles de origen que residen fuera del país [...] puedan acceder a la asistencia sanitaria pública durante sus estancias en España”.

Una medida que, más allá de tecnicismos, conecta con algo muy simple: volver a casa debería ser siempre un alivio, no una preocupación.