El TSJA obliga a Ingesa a pagar la carrera profesional de un médico interino

Ingesa se negó a pagar la carrera profesional del médico, pese a tenerla reconocida, por ser personal no fijo.

Concentración de médicos interinos (C.A./ARCHIVO)
photo_camera Concentración de médicos interinos (C.A./ARCHIVO)

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la resolución del Instituto de Gestión Sanitaria (Ingesa) de no abonar la carrera profesional de un médico interino en Ceuta. El TSJA resuelve así la demanda interpuesta por el Sindicato Médico de Ceuta (SMC).

Ingesa se negó a pagar la carrera profesional del médico, pese a tenerla reconocida, por ser personal no fijo.

El Sindicato Médico ha valorado la resolución judicial como una “sentencia pionera” pues abre la puerta a que los interinos de Ingesa, sanitarios o no, también puedan percibir la carrera profesional. Los sindicalistas recuerdan que este derecho ya está consagrado en una directiva de la Unión Europea y reconocido por una sentencia del Tribunal Supremo de 2019 que consideró que la carrera profesional “forma parte de las condiciones de trabajo”.

SMC considera que se tienen en cuenta los mismos criterios de evaluación en cuanto a méritos, formación, tiempo de servicio y compromiso con la organización de los aspirantes a los mismos, con independencia del contrato al que estén suscritos (fijo o temporal). La organización sindical estima que los médicos interinos, una vez tengan reconocido su nivel de carrera profesional, puedan percibirlo.

“SMC espera que Ingesa rectifique ante esta situación discriminatoria para el numeroso colectivo de interinos y no espere a que sus trabajadores tengan que recurrir a los tribunales para que se les reconozca este derecho, amparado por el Tribunal Supremo y la Unión Europea”, concluye el sindicato.