Una testigo siembra dudas sobre la norma elegida para adjudicar las 317 tras el escándalo de la «lista fantasma»

Una funcionaria jubilada de la Ciudad, testigo de las defensas, ha sostenido hoy en el juicio del «Caso Emvicesa» la falta de idoneidad del reglamento que se empleó para la última y definitiva adjudicación de las 317 de Loma Colmenar

Mohamed Alí, junto a su abogada, Isabel Valriberas (A. CASTILLO)
photo_camera Mohamed Alí, junto a su abogada, Isabel Valriberas (A. CASTILLO)

La sesión vespertina del juicio que se sigue en la Audiencia Provincial por la presunta adjudicación irregular de viviendas públicas ha vuelto a poner sobre la mesa el debate sobre la legalidad de la aplicación de la norma que se utilizó para la adjudicación de las promociones públicas de las 170 y las 317 de Loma Colmenar. La cuestión ha sido traída al centro de la controversia por las defensas para justificar la propiedad del procedimiento seguido para las adjudicaciones y la conducta de los exdiputados acusados en el proceso del Caso Emvicesa.

La primera en declarar ha sido una funcionaria jubilada de la Ciudad que, en su condición de técnico, atendió una consulta formulada por el exdiputado a la Asamblea y acusado en el proceso Mohamed Alí. En su declaración, la funcionaria ha desacreditado el reglamento de vivienda de 2006, la norma que se obvió en las adjudicación de las 170 y las 317 viviendas. «La norma tiene muchísimos defectos; soy de la opinión de que tendría que declararse nula», ha valorado la testigo, que ha subrayado el hecho de que el texto se inspiró en una norma de Castilla-León que ya no estaba vigente y que, a su vez, se remitía a leyes derogadas y a otras solo aplicables en aquella comunidad autónoma. «Ni siquiera vienen las funciones de la Comisión Local de la Vivienda como Dios manda», ha abundado la exfuncionaria.

Mohamed Alí, miembro de la Comisión Local de la Vivienda en la época de los hechos que se juzgan, consultó a la funcionaria sobre las competencias de este órgano y acerca de la norma que resultaría de aplicación para la adjudicación de las casas de las 170 de Loma Colmenar. La testigo ha recordado que le informó de que, a su juicio, la ordenanza de 2006 no sería aplicable.

A preguntas del Ministerio Público, la funcionaria ha explicado que en las promociones de las 170 y las 317 debería de haberse aplicado un convenio marco de 2017 por tratarse de iniciativas financiadas exclusivamente por el Estado. Lo que, tras un intercambio de preguntas y respuestas con el fiscal, ha servido a la testigo para concluir que la adjudicación definitiva de las 317 –la aceptada como legal y que fue cerrada después de que estallara el escándalo que alumbró el ahora conocido como «caso Emvicesa»- no fue correcta por cuanto que recurrió a la tan traída y llevada ordenanza de 2006. «No tenía que haberse aplicado», ha sostenido la exfuncionaria.

caso emvicesa caminero
El interventor de la Ciudad, José María Caminero, ha declarado esta tarde en calidad de testigo (A. Castillo)

Las defensas también han convocado como testigo al interventor de la Ciudad Autónoma, José María Caminero. El interventor suscribió un informe para determinar si una de las dos promociones objeto de controversia –el testigo no ha conseguido recordar si se trataba de las 170 o las 317- había disfrutado de algún régimen de ayudas de la Ciudad. Caminero concluyó que tales ayudas no habían existido más que en términos de subvenciones individuales a los beneficiarios.  «La promoción y la construcción de la edificación fue íntegramente afrontada por el Ministerio de Vivienda», ha señalado durante su declaración.

La nómina de testigos la ha cerrado Juan Manuel Doncel, quien ocupó la gerencia de Emvicesa entre febrero de 2017 y marzo de 2019.

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